Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140703-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59

82
Juicio verbal 69 de 2011

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal número 69 de 2011 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia

En Madrid, a 11 de septiembre de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia, en comisión de servicio, número 59 de Madrid y su partido, los presentes autos de juicio verbal registrados al número 69 de 2011, a instancias del procurador don Jesús Aguilar España, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Imagen, número 32, defendida por el letrado don Francisco Blanco Blanco, contra “RG Mundo Inmobiliario y Soluciones Financieras, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don Jesús Aguilar España, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Imagen, número 32, frente “RG Mundo Inmobiliario y Soluciones Financieras, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, se condena a “RG Mundo Inmobiliario y Soluciones Financieras, Sociedad Limitada”, a pagar a la actora la cantidad de 2.800,32 euros de principal, con aplicación del interés legal y expresa condena al pago de las costas causadas a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma no se admitirá recurso alguno al tratarse de un procedimiento seguido en reclamación de cantidad y ser la cuantía de la misma inferior a 3.000 euros, de conformidad con el apartado 1 del artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada mediante Ley 37/2011, de 10 de octubre.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada rebelde “RG Mundo Inmobiliario y Soluciones Financieras, Sociedad Limitada”, extiendo el presente para que sirva de cédula de notificación en legal forma.

En Madrid, a 13 de mayo de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/4.138/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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