Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140703-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

87
Procedimiento 103 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio contencioso número 103 de 2014, sobre pieza familiar incidentes, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 452 de 2014

En Alcalá de Henares, a 27 de mayo de 2014.—Vistos por mí, doña Cristina Milans del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso número 103 de 2014, seguidos a instancias de doña Angélica María Vallejo Delgado, representada por el procurador de los tribunales señor Torijos León y defendida por el letrado señor Algaba Pacias, contra don Cristian Osbaldo Hernández Guarnizo, sin representación procesal, y el siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Angélica María Vallejo Delgado, contra don Cristian Osbaldo Hernández Guarnizo, debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio de ambos celebrado en Dosquebradas, Departamento de Risalda (Colombia), el día 17 de junio de 2006, disolviendo el mismo con todos los pronunciamientos legales inherentes. Y ello sin expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Cristian Osbaldo Hernández Guarnizo se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcalá de Henares, a 28 de mayo de 2014.—El secretario (firmado).

(03/18.962/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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