Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-06-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140630-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

84
Procedimiento 1.029 de 2013

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que se ha dictado en las presentes actuaciones de divorcio contencioso, autos número 1.029 de 2013, seguidos a instancias de don José Belford Vergara Ramírez, frente a doña María Piedad Agudelo Agudelo, parte demandada que se encuentra declarada en situación de rebeldía procesal por paradero desconocido, la siguiente sentencia dictada con fecha 28 de mayo de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Estimar la demanda presentada por don José Belford Vergara Ramírez y, en consecuencia, se declara la disolución por divorcio del matrimonio contraído por don José Belford Vergara Ramírez y doña María Piedad Agudelo Agudelo, sin especial pronunciamiento en cuanto a costas y con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración.

Firme que sea esta sentencia, en su caso, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, a partir de su notificación, para su posterior resolución por la Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada doña María Piedad Agudelo Agudelo, que se encuentra en paradero desconocido, de la resolución que pone fin al presente procedimiento, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2014.— La secretaria judicial (firmado.

(03/18.157/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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