Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140626-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

182
Ejecución 54 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 54 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Rodríguez Machuca, don Cecilio Fresno Vaquerizo, don Julián Baz Arnés y don Kamal Amachraa, frente a “Azañedo Proyectos, Sociedad Limitada”, e “Ineldi, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 26 de mayo de 2014 siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 68.283,46 euros de principal y 10.925,37 euros de intereses y costas correspondientes a don Julián Baz Arnés y a don Kamal Amachraa, frente a “Ineldi, Sociedad Limitada”, y 52.687,62 euros de principal y 8.430 euros para intereses y costas correspondientes a don Alejandro Rodríguez Machuca, don Cecilio Fresno Vaquerizo y don Juan Carlos Bullejos Martín, frente a “Azañedo Proyectos, Sociedad Limitada”, e “Ineldi, Sociedad Limitada”, se declara la insolvencia provisional de las ejecutadas “Azañedo Proyectos, Sociedad Limitada”, e “Ineldi, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución remítanse los testimonios para el Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2803/0000/64/0054/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Azañedo Proyectos, Sociedad Limitada”, e “Ineldi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.005/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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