Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140626-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Resolución expedientes sancionadores

Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente sancionador número 711/2014/03927 contra J. S. F, con fecha de 14 de mayo de 2014, por la comisión de una infracción urbanística prevista en los artículos 201, 204.3.a), 220 y 229.2 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la realización de obras en la calle de Juan de Arespacochaga y Felipe, número 6, sin licencia o no ajustada a la misma, por lo que se acuerda el sobreseimiento del procedimiento administrativo.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en virtud de lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Administración, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de la resolución podrá ser consultada por el interesado en el plazo de un mes desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle de Ribera del Sena, número 21.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del mismo.

Madrid, a 10 de junio de 2014.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/2.053/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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