Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140626-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

OTROS ANUNCIOS

64
Notificación abandono de vehículo

Siendo imposible practicar la notificación individual tal y como consta en expediente, conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la presente, se anuncia lo siguiente:

«Requerimiento al titular don Juan José Manzano Sánchez, calle Granada, número 203, 28630 Villa del Prado (Madrid).

A la vista del expediente que se está tramitando en este Ayuntamiento, en el que se pone de manifiesto el estado de abandono del vehículo marca “Rover”, modelo 216 GSI, matrícula M-2920-OT, que ha permanecido estacionado en la calle Granada (urbanización “Encinar del Alberche”), de esta localidad por plazo superior a un mes, y del que según las averiguaciones realizadas consta usted como titular, se le requiere para que según el decreto de Alcaldía número 77/2013, de 22 de agosto, en el plazo de un mes, proceda a retirar el citado vehículo con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su tratamiento como residuo urbano o municipal y traslado al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, de conformidad con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndose de que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.

No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la Resolución será de un mes, desde su interposición (artículo 117 de la Ley 30/1992).

En Villa del Prado, a 22 de agosto de 2013».

Lo que se hace público para conocimiento de don Juan José Manzano Sánchez.

En Villa del Prado, a 29 de mayo de 2014.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(02/3.772/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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