Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140625-198

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

198
Procedimiento ordinario 408 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 408 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Mimoso Suárez, don Daniel Mimoso Monteagudo, don David Martín Rodríguez, don Fernando Muñoz Higuera, don Francisco Javier Núñez Arenas Villanueva, don Jesús Urdiales Olmedo, don Jonathan Mimoso Monteagudo, don José González Hernández, don Manuel Martín Alegría, don Miguel Almeida Blas y don Valeriano Domínguez Pérez, frente a doña María del Carmen Portugués Sánchez Cambronero, “Estrucdos, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por los demandantes que a continuación se dirán, frente a “Estrucdos, Sociedad Limitada”, condeno a esta empresa a abonarles las siguientes cantidades, más el 10 por 100 anual de demora desde la fecha de interposición de la papeleta de conciliación:

A don José González Hernández: 2.832,47 euros.

A don Manuel Martín Alegría: 1.886,51 euros.

A don David Martín Rodríguez: 1.886,51 euros.

A don Jonathan Mimoso Monteagudo: 2.121,68 euros.

A don Daniel Mimoso Monteagudo: 2.832,47 euros.

A don Daniel Mimoso Suárez: 2.832,47 euros.

A don Fernando Muñoz Higuera: 2.636,14 euros.

A don Valeriano Domínguez Pérez: 2.636,14 euros.

A don Jesús Urdiales Olmedo: 2.291,40 euros.

A don Miguel Almeida Blas: 2.786,13 euros.

A don Francisco Javier Núñez Arenas Villanueva: 4.145,85 euros.

Y condeno como responsable solidaria a la empresa “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal”, a pagar parte de los salarios adeudados, si bien, su responsabilidad queda limitada a las siguientes cuantías netas: a don José González Hernández 984,94 euros, a don Manuel Martín Alegría 709,95 euros, a don David Martín Rodríguez 727,65 euros, a don Jonathan Mimoso Monteagudo 718,80 euros, a don Daniel Mimoso Monteagudo 1.028,55 euros, a don Daniel Mimoso Suárez 1.063,95 euros, a don Fernando Muñoz Higuera 1.011,15 euros, a don Valeriano Domínguez Pérez 963,30 euros, a don Jesús Urdiales Olmedo 1.172,70 euros, a don Miguel Almeida Blas 1.134,75 euros y a don Francisco Núñez Arenas Villanueva 1.104,90 euros, sin condena al pago de intereses moratorios.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estrucdos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.629/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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