Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2014

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140625-259

Páginas: 2


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON ÁNGEL OLMOS MARTÍNEZ

259
Procedimiento judicial de ejecución hipotecaria

Don Ángel Olmos Martínez, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en San Agustín del Guadalix, con despacho en dicha villa, calle Lucio Benito, número 27, bajo, 28770 (Madrid).

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento judicial de ejecución hipotecaria de la siguiente finca:

Urbana 15: piso cuarto izquierda, situado en la planta cuarta, parte anterior izquierda de la casa sita en el término de San Agustín del Guadalix (Madrid), al sitio de “La Soledad” o “Eras de la Soledad”, calle Norte, bloque III, hoy señalada con el número 24 de la avenida de Madrid. Se compone de vestíbulo, pasillo, salón-comedor, tres dormitorios, cocina, cuarto de baño y dos terrazas. Ocupa una superficie aproximada útil de 65 metros cuadrados.

Linda: al frente, con fachada norte del bloque que da a espacio libre alrededor de la casa que limita con terrenos de la finca matriz, donde tiene cuatro huecos, dos de ellos con terraza-balcón; izquierda, entrando, con fachada este del bloque, que da a espacio libre alrededor de la casa que limita con terrenos de la finca matriz, por donde tiene una terraza con un hueco; fondo, con piso centro izquierda de su planta; y a la derecha, con caja de escalera.

Cuota: 6 por 100.

Inscripción: inscrita la hipoteca en el entonces Registro de la Propiedad número 2 de los de Alcobendas (hoy de San Agustín del Guadalix) al tomo 1061, libro 98, folio 165, finca número 1.067 de San Agustín del Guadalix, inscripción undécima.

Situación posesoria: libre de ocupantes y arrendatarios, según le consta al ejecutante.

Referencia catastral: 8336601VL4083N0013TP.

Carácter de la vivienda: no es la vivienda habitual de ninguno de los deudores hipotecantes.

Y que, procediendo a subasta de dicha finca, esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones, conforme a los artículos 129 de Ley Hipotecaria; 646.2, 647.1.3.o, 670 y 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; 234 a 236 del Reglamento Hipotecario, y Ley 1/2013, de 14 de mayo, de Medidas para Reforzar la Protección de los Deudores Hipotecarios, Reestructuración de Duda y Alquiler Social.

Tendrá lugar en mi notaría, en única subasta, el día 3 de septiembre de 2014, a las diez horas de la mañana, siendo el tipo para subasta el de 257.100 euros. Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 por 100 de dicho tipo, se entenderá adjudicada la propiedad a quien presente la mejor postura, abriéndose un plazo de cuarenta días para consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate. Cuando la mejor postura ofrecida sea inferior al 70 por 100 de dicho tipo, podrá el deudor presentar, en plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por 100 del valor de tasación o que, aun siendo inferior a dicho importe, resulte suficiente para la completa satisfacción del derecho del ejecutante. Transcurrido dicho plazo sin que el deudor realice lo previsto en el párrafo anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 de dicho valor o por la cantidad que se le daba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al 60 por 100 de su valor de tasación y a la mejor postura.

Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad se aprobará el remate en favor del mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por 100 del valor de tasación, o siendo inferior cubra al menos, la cantidad por la que se haya despachado la ejecución incluyendo la previsión para intereses y costas. Si nadie reúne esas condiciones se procederá como si no hubiera postura alguna.

Cuando no haya postura alguna el acreedor podrá, en plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 50 por 100 del valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciera uso de esa facultad, el notario dará por terminado sin éxito el procedimiento.

La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.h) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la propia notaría, de lunes a viernes, de diez a catorce horas; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada, y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores, a excepción del acreedor, deberán consignar previamente en la cuenta IBAN: ES36-2038-2272-8260-0028-7143, en la sucursal número 2272 de “Bankia, Sociedad Anónima”, sita en San Agustín del Guadalix, avenida de Madrid, número 31, designada a tal efecto, una cantidad equivalente al 5 por 100 del tipo. Podrá hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

San Agustín del Guadalix, a 6 de junio de 2014.

(02/3.988/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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