Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
23-06-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140623-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Caducidad de procedimiento

La delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por resolución de fecha 7 de mayo de 2014, ha dispuesto lo siguiente:

«Disponer en ejecución de la sentencia número 189/2013, de fecha 11 de abril de 2013, dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 32 de Madrid, PO número 122/2011, la caducidad del procedimiento de resolución del derecho de superficie, concedido a favor de “Cultus Opera Producciones, Sociedad Limitada”, por acuerdo plenario de 20 de abril de 2003, sobre la parcela municipal denominada “B” en el ámbito del API 16.08 “Los Llanos” (calle Machupichu, número 30), al haber transcurrido el plazo de tres meses de duración del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y artículo 44.2, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ordenándose asimismo el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en el artículo 92 del mismo texto legal».

Lo que se publica como medio de notificación a “Cultus Opera Producciones, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido realizar la notificación en el domicilio social los días 20 y 27 de mayo de 2014 y al haberse rehusado en el domicilio del administrador único el día 3 de junio de 2014.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación.

En el supuesto de que optase por interponer recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Si el recurso de reposición es resuelto expresamente, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación. En el supuesto de desestimación presunta, el plazo de presentación del referido recurso contencioso-administrativo es de seis meses, a contar desde el siguiente día en que deba entenderse presuntamente desestimado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 8 y 46 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 6 de junio de 2014.—La directora general de Gestión Urbanística, Isabel Pinilla Albarrán.

(01/2.002/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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