Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140617-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91

66
Procedimiento ordinario 1.795 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 1.795 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 8 de mayo de 2014.—Vistos por el ilustrísimo señor don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid, los autos de juicio ordinario número 1.795 de 2012, seguidos a instancias de doña Rosa Mirón Chave, representada por el procurador don Antonio Barriero-Meiró Barbero y asistido del letrado don Jesús Aguilar Tejedor, contra la mercantil “Promotora Celeste, Sociedad Anónima”, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre obligación de hacer.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Rosa Mirón Chave, contra la mercantil “Promotora Celeste, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la citada parte demandada a elevar a escritura pública el contrato privado concertado con la actora en fecha 25 de enero de 1978 que se describe en el hecho primero de esta resolución; de tal manera que si la citada parte demandada no cumpliera con tal obligación en el plazo de veinte días desde la firmeza de esta sentencia, se procederá a dictar, a instancias de la demandante, el auto a que se refiere el artículo 708 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que servirá de título para la inscripción del derecho de dominio de la actora en el Registro de la Propiedad en la forma señalada en el fundamento jurídico primero de esta resolución. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Notifíquese a las partes conforme determina el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciéndoles saber que contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Al encontrarse la demandada en paradero desconocido notifíquesele la sentencia mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así lo pronuncia, manda y firma don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid, en el día de la fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad demandada “Promotora Celeste, Sociedad Anónima”, con último domicilio conocido en la calle Celeste, número 2, 28044 Madrid, se extiende la presente para que sirva de notificación.

Madrid, a 9 de mayo de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/3.775/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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