Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140617-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

64
Procedimiento 784 de 2012

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con el número 784 de 2012, se siguen autos sobre divorcio contencioso a instancias de doña Victoria Cordero Balsera, y en su nombre y representación el procurador don Ángel Luis Rodríguez Velasco, contra don Fernando Atienza Andrés, declarado en rebeldía procesal y en paradero desconocido, en cuyos autos se ha dictado sentencia con fecha 24 de abril de 2014, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Vistos por mi, doña Ana Belén López Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, los presentes autos de divorcio tramitados con el número 784 de 2012, en los que interviene: como demandante, doña Victoria Cordero Balsera, representada por el procurador de los tribunales señor Rodríguez Velasco y asistida por el letrado señor Burgos Fuentes, y como demandado, don Fernando Atienza Andrés, en situación de rebeldía procesal, en virtud de las siguientes consideraciones:

Dispongo: Estimar la demanda interpuesta por doña Victoria Cordero Balsera y, en consecuencia, se acuerda la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por doña Victoria Cordero Balsera y don Fernando Atienza Andrés, sin especial pronunciamiento en cuanto a costas, con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración y, en particular, la siguiente:

a) Se atribuye el uso del que fue domicilio conyugal, sito en la calle Burgasot, número 6, primero B, de Madrid, a la señora Cordero Balsera.

Firme que sea esta sentencia, en su caso, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá interponerse en el plazo de veinte días a partir de su notificación, para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de la sentencia al demandado rebelde don Fernando Atienza Andrés, en paradero desconocido, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, constando en autos la concesión del beneficio de justicia gratuita a la actora doña Victoria Cordero Balsera.

En Madrid, a 16 de mayo de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/16.743/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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