Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140613-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

131
Ejecución 119 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 119 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Pedraza Zamora, frente a “Distribuidora Elvira Téllez, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 9 de mayo de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don José Luis Pedraza Zamora con “Distribuidora Elvira Téllez, Sociedad Limitada”, con fecha 6 de junio de 2013, condenando a la demandada a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

Nombre del trabajador: don José Luis Pedraza Zamora.

Indemnización: 4.937,24 euros.

Salarios de tramitación: 16.721,94 euros.

Salarios u otros conceptos adeudados a fecha del despido: 6.369,89 euros. A esta cantidad se añadirá el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Una vez firme, remítase testimonio de esta resolución al Servicio Público Estatal de Empleo para la regularización de las prestaciones por desempleo que, en su caso, se hayan abonado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2501/0000/64/0119/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Mercedes Gómez Ferreras.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Distribuidora Elvira Téllez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.413/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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