Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140612-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59

98
Procedimiento ordinario 355 de 2006

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 355 de 2006 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia

En Madrid, a 29 de enero de 2014.—Vistos por la señora doña María Serantes Gómez, ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 59 de Madrid y su partido, los presentes autos de juicio ordinario registrado al número 355 de 2006, a instancias de la procuradora doña Cayetana de Zulueta Luchsinger, en nombre y representación de “BT España, Compañía de Servicios Globales de Telecomunicaciones, Sociedad Anónima”, defendida por el letrado don Luis Argüello Álvarez, contra “Excelet Telecom Service, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Cayetana de Zulueta Luchsinger, en nombre y representación de “BT España Compañía de Servicios Globales de Telecomunicaciones, Sociedad Anónima”, frente a “Excelet Telecom Service, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a “Excelet Telecom Service, Sociedad Limitada”, a pagar a la actora la cantidad de 226.055,03 euros de principal con aplicación del interés legal y expresa condena al pago de las costas causadas a la demandada.

De la presente sentencia dedúzcase testimonio literal para su incorporación a los autos e inclúyase en el libro de sentencias según el artículo 123 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se interpondrá, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a su notificación y a tramitar conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada rebelde “Excelet Telecom Service, Sociedad Limitada”, extiendo el presente para que sirva de cédula de notificación en legal forma.

Madrid, a 6 de mayo de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/3.637/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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