Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2014

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140611-69

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Convocatoria becas proyectos de movilidad

Por decreto de Alcaldía 2916/2014, de 20 de mayo, se han aprobado las bases para la selección de los beneficiarios del Programa Leonardo da Vinci “Proyectos de Movilidad” con la denominación “Rivas Practica Europa II”, cuyo texto es el siguiente:

CONVOCATORIA DE BECAS PARA ESTANCIAS EN EL EXTRANJERO EN EL MARCO DEL PROGRAMA LEONARDO DA VINCI “PROYECTOS DE MOVILIDAD”, CON LA DENOMINACIÓN “RIVAS PRACTICA EUROPA II”

FUNDAMENTACIÓN

El Programa “Leonardo da Vinci” es un programa europeo que contribuye a la aplicación de una política de formación profesional en la Unión Europea, representando una ayuda y complemento de las acciones realizadas por los Estados miembros en esta materia (artículo 150 del tratado constitutivo de la Unión Europea).

En este marco y como continuidad a las acciones que en el área de la mejora de la empleabilidad lleva a cabo este Ayuntamiento, se presenta el proyecto denominado “Rivas Practica Europa II”, fruto del convenio de subvención (número de convenio: 2013-1-ES1-LEO02-66531) entre el Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos (OAPEE) y el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid para el desarrollo de este proyecto de movilidad “Leonardo da Vinci” en el marco del Programa de Aprendizaje Permanente.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

1. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión (en régimen de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación), de 25 becas, con una finalidad formativa-profesional, a través de la realización de prácticas en empresas, en el marco del Programa de Aprendizaje Permanente “Leonardo da Vinci”. El objetivo esencial del proyecto es mejorar la cualificación de los jóvenes y facilitar su inserción en el mercado laboral.

2. Requisitos de los participantes

Podrán concurrir a la concesión de las becas las personas que reúnan los siguientes requisitos:

A) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.

B) Estar empadronado en Rivas-Vaciamadrid con un mínimo tres meses anteriores a la fecha de la publicación de estas bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

C) Tener una edad comprendida entre dieciocho y treinta años, teniendo cumplidos dieciocho años en el momento de iniciarse las prácticas o tener treinta años en el momento de finalización de las mismas.

D) Estar en posesión de un título de Formación Profesional de Grado Medio, Superior, Grado, Diplomatura, Licenciatura o Ingeniería Técnica y/o Superior, relacionado con alguno de los siguientes sectores:

a) Nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

b) Hostelería (restauración).

c) Gestión de pymes.

d) Servicios sociosanitarios.

e) Industrias culturales y creativas.

f) Educación.

E) No haber sido beneficiario de dichas becas en ediciones anteriores.

F) Estar en situación de desempleo y no tener experiencia laboral previa en los ámbitos de su formación.

G) Tener el nivel mínimo para poder desarrollar adecuadamente las prácticas en el país de destino según lo establecido a continuación:

— Austria: nivel mínimo exigido de B1 de inglés o alemán.

— Irlanda: nivel mínimo exigido de B1 de inglés.

— Reino Unido: nivel mínimo exigido de B1 de inglés.

— Italia: no se exigirá nivel mínimo de italiano, pero se valorarán positivamente los conocimientos de este idioma y/o de inglés con el consiguiente certificado de estudios realizados y finalizados en la Escuela Oficial de Idiomas.

— Portugal: no se exigirá nivel mínimo de portugués, pero se valorarán positivamente los conocimientos de este idioma y/o de inglés con el consiguiente certificado de estudios realizados y finalizados en la Escuela Oficial de Idiomas.

Para la acreditación de estos niveles, el Ayuntamiento realizará una prueba a los 25 candidatos seleccionados, siendo considerados no aptos aquellos que no superen dicha prueba.

3. Destino de las becas y distribución:

— 5 becas para Austria.

— 5 becas para Irlanda.

— 5 becas para Italia.

— 5 becas para Reino Unido.

— 5 becas para Portugal.

4. Duración

Las becas se conceden por un período de doce semanas, de las cuales, dos semanas se dedicarán a la preparación lingüística de los becarios, y diez semanas, a la realización de prácticas en empresas relacionadas con su perfil. La estancia en el extranjero tendrá lugar desde el 26 de septiembre hasta el 20 de diciembre de 2014. Las fechas de salida y llegada podrían sufrir modificaciones en función de la disponibilidad de los billetes de viaje y posibilidades de alojamiento.

5. Cuantía

La cuantía total del proyecto asciende a la cantidad de 89.970,00 euros, provenientes de las siguientes partidas presupuestarias: 0212 24110 48909 (60.695 euros), 0212 24110 22799 (18.150 euros), 0212 24110 22699 (10.000 euros), 0212 24111 22698 (1.125 euros).

6. Conceptos subvencionables

Las becas que regula la presente convocatoria incluyen los siguientes conceptos:

— Gastos de viaje: el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid entregará los billetes de viaje de ida y vuelta a la ciudad de destino. De la partida 0212 24110 22699 (10.000 euros).

— Seguros: el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid contratará un seguro que cubra contingencias para cada uno de los participantes. De la partida 0212 24111 22698 (1.125 euros).

— Gastos de estancias: el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid entregará a cada becario la cantidad de dinero necesaria para sufragar los gastos de alojamiento durante toda la estancia, transporte local, transfer y supervisión de tutores. El becario pagará con antelación al comienzo de la estancia a las organizaciones intermediarias la cantidad necesaria para la misma, encargándose estas de la gestión de todo este concepto. 44.470 euros de la partida 0212 24110 48909.

— Dinero de bolsillo: el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid entregará a los participantes en la ciudad de destino una cantidad de dinero mínima de 315 euros, destinada a sufragar gastos de manutención básicos de cada participante según lo establecido en el esquema del proyecto. 7.875 euros de la partida 0212 24110 48909.

— Preparación pedagógica, lingüística y cultural: el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid entregará a los participantes una cantidad de dinero suficiente para la realización en destino de un curso de unas 40 horas de duración. El becario pagará con antelación al comienzo de la preparación a las organizaciones intermediarias la cantidad necesaria para la misma, encargándose estas de la gestión de todo este concepto. 8.350 euros de la partida 0212 24110 48909.

Para estos cinco conceptos, el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid entregará a los becarios las cantidades estipuladas al efecto para hacer frente a los gastos mencionados, los cuales serán convenientemente justificados por dichos becarios con los correspondientes justificantes y facturas.

7. Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra beca, retribución o ayuda, pública o privada, percibida para el mismo fin.

8. Documentación y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se formalizarán en el modelo de solicitud, que podrá obtenerse en el Servicio de Atención al Ciudadano (plaza de la Constitución, número 1, de Rivas-Vaciamadrid), o en la dirección de Internet www.rivasciudad.es

Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:

— Currículum vítae.

— Fotocopia del DNI.

— Volante de empadronamiento.

— Fotocopias de las titulaciones académicas objeto de baremación.

— Fotocopia de la demanda de empleo (en su caso).

— Certificado de minusvalía (en su caso).

— Declaración jurada de no haber percibido otra beca similar en ediciones anteriores.

— Vida laboral.

— Acreditación de encontrarse en intervención en Servicios Sociales Municipales y en situación grave de exclusión social o riesgo de padecerla, debidamente acreditada por estos servicios, o encontrarse en situación de riesgo de pérdida de vivienda habitual, debidamente acreditada por la Oficina de Prevención de Desahucios del Ayuntamiento (en su caso).

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales desde el día siguiente de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El lugar de presentación de solicitudes será el Registro del Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, sito en la plaza de la Constitución, número 1, de Rivas-Vaciamadrid). Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán rechazadas automáticamente.

9. Proceso de selección

La selección de los becarios para cada uno de los países de destino la realizará un Comité de Selección en función de los criterios de baremación establecidos para cada una de las fases que se describen a continuación. La composición del Comité, que estará formado por una presidencia, secretario y dos vocales, lo conformarán funcionarios de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

Se invitará a un representante de la empresa que ofrezca la asistencia al proyecto y a todo aquel otro experto que el Comité estime necesario, dada la especificidad de las plazas, todos ellos con voz pero sin voto.

El proceso de selección se realizará atendiendo a las siguientes fases:

Primera fase.—Concurso de méritos:

Una vez finalizado el período de solicitud, se publicará en tablón electrónico y de edictos y página web del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid la relación de solicitantes con la puntuación obtenida, entendiéndose que superan esta primera fase y, por tanto, serán seleccionados para la segunda fase, un mínimo de 50 solicitantes que obtengan la puntuación superior. Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días naturales para que puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

Al final de este plazo se expondrán las listas definitivas de preseleccionados en los tablones de anuncios y la página web reseñados anteriormente.

Los criterios para obtener la puntuación se atienen a la siguiente baremación:

a) Formación reglada: hasta 5 puntos.

— Estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Medio: 4 puntos.

— Estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Superior: 4 puntos.

— Estar en posesión del título de Grado, Diplomatura/Licenciatura o Ingeniería Técnica/Superior: 5 puntos.

En este apartado se baremará solo aquella titulación completada que otorgue mayor puntuación al solicitante.

b) Conocimientos en cualquiera de los idiomas de los países de destino, acreditada documentalmente: hasta 10 puntos.

— Cursos realizados en Escuelas Oficiales de Idiomas: 2 puntos por curso aprobado y apto.

c) Personas que se encuentren en intervención en Servicios Sociales Municipales y en situación grave de exclusión social o riesgo de padecerla, debidamente acreditada por estos servicios, o encontrarse en situación de riesgo de pérdida de vivienda habitual, debidamente acreditada por la Oficina de Prevención de Desahucios del Ayuntamiento: 2 puntos.

Total primera fase: 17 puntos.

Segunda fase.—Entrevista:

Los candidatos preseleccionados en la primera fase serán convocados en tiempo y forma oportunos para realizar una entrevista. Esta versará sobre el currículum vítae aportado por el candidato, intereses profesionales, motivaciones y todo cuanto los miembros del tribunal estimen pertinente para valorar los aspectos personales, profesionales y lingüísticos de los candidatos e idoneidad de las prácticas a realizar. Las entrevistas se valorarán con un máximo de 10 puntos, pero se considerarán no aptos y, por lo tanto, quedarán excluidos del programa aquellos participantes cuya entrevista no supere los 5 puntos.

Total segunda fase: 10 puntos.

10. Plazas reservadas a discapacitados

Se reservarán 3 plazas a personas con una discapacidad superior al 33 por 100 y compatible con las ocupaciones y en grado de autonomía completa para su desenvolvimiento en la vida cotidiana. Es decir, 3 plazas de las 25 ofertadas serán cubiertas con las tres primeras personas con discapacidad según la puntuación anteriormente señalada, en caso de no ser cubiertas estas tres plazas con personas con discapacidad (por no haber suficientes solicitudes o por no haber resultado aptas las personas discapacitadas presentadas), estas pasarán a ser ocupadas por personas sin discapacidad.

11. Resolución

Finalizada la segunda fase, el Comité de Selección propondrá al órgano competente la relación de candidatos seleccionados, así como los países de destino. Igualmente, se propondrá una lista de suplentes para cada destino. Tras la aprobación de la misma, la resolución será publicada por los medios anteriormente señalados por orden de puntuación.

12. Obligaciones de los becarios

Los becarios se comprometen a:

a) Firmar el contrato de estancias “Leonardo da Vinci”, que vincula a todas las partes implicadas en el proyecto. Este documento no supondrá ninguna vinculación contractual laboral entre el/la becario/a y el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

b) Participar en cuantas actividades de preparación pedagógica, lingüística y cultural organice la entidad beneficiaria, previa y posterior a la estancia en el extranjero.

c) Completar a la finalización de las estancias una evaluación final conforme al modelo de la entidad gestora del Programa “Leonardo da Vinci”, así como hacer entrega de los billetes de avión, certificados de formación y prácticas, y cualquiera otra documentación que le sea requerida, en el plazo y forma indicado por la entidad beneficiaria.

d) Respetar la disciplina de la empresa donde el participante realice las prácticas, sus horarios de trabajo, los reglamentos en vigor y las disposiciones legales relativas al secreto profesional.

e) Informar a la mayor brevedad posible a esta entidad en caso de renuncia. A tal efecto, se compromete a firmar las condiciones generales de la beca, previo a la firma del contrato, y a depositar una fianza de 100 euros, en el plazo y la forma que se indicará en su momento, y que le será devuelta tras la entrega de la documentación final.

f) Entregar toda la documentación requerida y aclaratoria que se le pudiera solicitar.

13. Pagos

Los becarios, en el tiempo y lugar que les será indicado, siempre con anterioridad al momento de la salida, firmarán el contrato que los vincula con las entidades responsables del proyecto y recibirán los billetes de viaje, así como la ayuda económica íntegra concedida.

14. Justificación

Una vez concluida la estancia, y en el plazo que se acuerde por la entidad, los becarios deberán aportar la documentación justificativa de la estancia: billetes de viaje (tarjetas de embarque), de la formación lingüística, la estancia y de las prácticas desarrolladas, así como el informe de la estancia según modelo de la agencia gestora del programa. Posteriormente a la comprobación de la misma, se procederá a la devolución de la fianza depositada y que se indica en el punto 11.e) de “obligaciones de los participantes”.

15. Renuncias e incumplimientos

Una vez satisfechas las condiciones económicas de la beca por parte de esta entidad, en caso de no llevarse a efecto la estancia, salvo por razones de fuerza mayor, el becario estará obligado a devolver la totalidad de la cantidad percibida, así como el coste de los billetes de viaje. Si la estancia realizada resultase de duración inferior a lo concedido, el participante y/o la entidad intermediaria habrá de devolver la parte proporcional correspondiente al período no ejecutado.

16. Exposición pública

La presente convocatoria será expuesta para conocimiento general en la forma anteriormente señalada, así como por cuantos procedimientos ayuden a la mayor difusión pública de esta convocatoria con carácter previo a la publicación de las bases en el boletín oficial correspondiente. La participación en este programa implica la aceptación de estas bases.

17. Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas bases dará lugar a la finalización de las becas sin más trámite, sin perjuicio de las medidas que se pudieren tomar por el incumplimiento de las obligaciones contempladas pudiendo, en tal caso, exigirse el reintegro de las cantidades concedidas.

El falseamiento de los datos para obtener fraudulentamente la beca se considera falta grave y como tal, dará lugar al no acceso en el programa de becas o la finalización de las becas sin más trámite, sin perjuicio de las medidas que se pudieren tomar por el incumplimiento de las obligaciones contempladas.

Contra estas bases de convocatoria, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiéndose simultanear ambos procedimientos. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

En Rivas-Vaciamadrid, a 20 de mayo de 2014.—El alcalde en funciones, Fausto Fernández Díaz.

(03/17.055/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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