Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140611-266

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 1

266
Procedimiento 601 de 2013

EDICTO

Doña María Doganoc de León, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Barcelona.

Hace saber: Que en los autos número 601 de 2013 seguidos en este Juzgado, a instancias de doña Silvia Queipo López, contra “J. Barzano Decosystem, Sociedad Anónima”, administrador concursal de la empresa y Fondo de Garantía Salarial, en materia social, se ha dictado sentencia en fecha 8 de mayo de 2014.

Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso de suplicación en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto con los requisitos y advertencias legales que constan en la sentencia que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado, sita en ronda Sant Pere, número 41, segunda planta, de Barcelona.

Y a fin que sirva de notificación a “J. Barzano Decosystem, Sociedad Anónima”, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o de decreto, cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 9 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.020/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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