Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140611-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

162
Ejecución 42 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 42 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mihai Bejenariu, frente a don Constantin Cucu, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el decreto de fecha 22 de abril de 2014, consistente en haber mecanografiado la cifra “56.701,14”, en lugar de la correcta “5.670,14”, en los siguientes términos:

Donde dice:

En el antecedente de hecho segundo: “El importe del principal, intereses legales y costas provisionalmente calculados que aún están pendientes de pago ascienden, respectivamente, a 56.701,14 euros, 567,01 euros y 567,01 euros”.

Y en la parte dispositiva: “A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 56.701,14 euros de principal, 567,01 euros de intereses y 567,01 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional...”.

Debe decir:

En el antecedente de hecho segundo: “El importe del principal, intereses legales y costas provisionalmente calculados que aún están pendientes de pago ascienden, respectivamente, a 5.670,14 euros, 567,01 euros y 567,01 euros”.

Y en la parte dispositiva: “A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 5.670,14 euros de principal, 567,01 euros de intereses y 567,01 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional...”.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Constantin Cucu, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 9 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.172/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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