Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140604-54

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

OFERTAS DE EMPLEO

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Bases plazas personal laboral fijo

Mediante resolución de Alcaldía de 30 de abril de 2014 se han aprobado las siguientes

BASES PARA CUBRIR DIVERSAS PLAZAS, PERSONAL LABORAL FIJO, DEL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

Primera

Se convocan pruebas selectivas para cubrir siete plazas, personal laboral fijo, por el procedimiento de concurso-oposición y turno promoción interna, para cubrir los siguientes puestos de trabajo:

a) Una plaza de encargado de mantenimiento de instalaciones deportivas.

b) Dos plazas de jefe de cuadrilla de mantenimiento de instalaciones deportivas.

c) Cuatro plazas de ayudante de mantenimiento de infraestructuras y servicios urbanos.

La realización de la selección se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y a las normas de la presente convocatoria.

La clasificación, contenido y retribuciones de las plazas aparecen detalladas en los anexos a las presentes bases.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a los procesos selectivos deberán de reunirse los siguientes requisitos:

1. Con carácter general:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o extranjero con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad ordinaria de jubilación, edades ambas referidas al día en que finalice el plazo para la presentación de instancias.

c) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

e) Pertenecer a la plantilla del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada como personal laboral fijo con una antigüedad mínima de dos años desempeñando los puestos y funciones que se especifican en cada anexo.

f) Poseer las titulaciones exigidas en cada convocatoria y que aparecen especificadas en los anexos a las presentes bases.

Tercera. Solicitudes de admisión

1. Forma: quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo cumplimentando el impreso establecido por el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, que les será facilitado, gratuitamente, en el Registro General del Ayuntamiento. Asimismo, dicho impreso podrá obtenerse a través de la página web http://www.ayto-villacanada.es. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.

La solicitud de participación deberá ir acompañada, necesariamente, de fotocopia del DNI, del justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen a que se refiere el apartado 3.4.

Los candidatos que aleguen méritos deberán aportar los documentos (originales o fotocopias compulsadas) que sirvan de prueba para la justificación de aquellos. No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y acreditados al presentar la solicitud.

2. Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Lugar de presentación: el impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, así como el justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen, o, en su caso, el recibo acreditativo de haber abonado la tasa mediante giro o transferencia, se presentará en el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada en horario de Registro General.

Podrán presentarse también en los lugares y con los requisitos que establece la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Tasa por derechos de examen: de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen vigente, es la siguiente:

a) 12,00 euros para la plaza de encargado de mantenimiento de instalaciones deportivas.

b) 6,00 euros para el resto de plazas.

Su importe se hará efectivo mediante ingreso en la Tesorería del Ayuntamiento, o bien mediante transferencia bancaria o giro postal. En ambos casos deberá figurar como remitente el propio aspirante, quien hará constar en el espacio de la solicitud destinado para ello la clase de giro o transferencia, su fecha y su número.

Cuarta. Admisión de candidatos

Para ser admitido a los distintos procesos selectivos bastará con que los aspirantes manifiesten en su solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones requeridas en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, aporten fotocopia de DNI o permiso de residencia y acrediten haber satisfecho los derechos de examen.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el alcalde dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación de admitidos y excluidos a los procesos selectivos. La resolución íntegra se publicará en la página web y tablón de edictos del Ayuntamiento, con indicación de las causas de exclusión, y en la misma se fijará la fecha, hora y lugar de la celebración de las pruebas correspondientes a cada proceso selectivo, así como las personas que integran el tribunal.

El plazo de subsanación de defectos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, será de diez días, a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de la mencionada resolución.

Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución del alcalde-presidente, que será hecha pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del mismo.

El resto de los anuncios relativos a los procesos selectivos convocados se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento.

Quinta. De los tribunales

El tribunal calificador de la oposición estará formado por:

— Presidente: un funcionario del Departamento de Recursos Humanos.

— Vocales: tres trabajadores del Ayuntamiento de igual o superior categoría de los cuales uno lo será a propuesta de la Junta Comité de Personal.

— Secretario: el del Ayuntamiento o persona en quien delegue.

Con el nombramiento de los miembros del tribunal se realizará también el de sus respectivos suplentes.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de participar en los mismos y los aspirantes podrán recusarles cuando concurran circunstancias previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros. Resolverá las cuestiones que surjan por mayoría simple de su número legal y podrá disponer la incorporación de asesores especializados. Los tribunales tendrán categoría tercera de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Sexta. Comienzo y desarrollo del proceso selectivo

6.1. Entre la celebración de un ejercicio y la del siguiente habrá de transcurrir un mínimo de setenta y dos horas y un máximo de cuarenta y cinco días.

6.2. El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra “C”, de conformidad con la resolución de 5 de febrero de 2014, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 38, de 13 de febrero.

6.3. Los procesos selectivos se iniciarán con la valoración de los méritos. Concluida la fase de concurso, se publicará la valoración en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación al comienzo de la fase de oposición.

6.4. El tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del documento nacional de identidad.

6.5. La concreción de la fase de oposición y concurso aparece detallada en los anexos a las presentes bases.

Séptima. Lista de seleccionados y propuesta del tribunal

Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento, no pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas. A tales efectos el tribunal señalará la puntuación mínima necesaria para superar el proceso selectivo.

Simultáneamente a su publicación, el tribunal elevará la relación expresada a la Alcaldía-Presidencia para que resuelva el procedimiento de provisión. Al propio tiempo, remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión.

Octava. Presentación de documentación y formalización del contrato

Los aspirantes seleccionados presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria que no consten en su expediente personal.

Quienes no presenten la documentación a que se refiere el apartado anterior en el plazo señalado, salvo causas de fuerza mayor, perderán los derechos que derivan del proceso selectivo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido si la causa hubiera sido la falsedad de la documentación.

Para que se produzca la consolidación de la plaza será necesario superar satisfactoriamente un período de prueba de dos meses.

Novena

La presente convocatoria y los actos derivados de ella podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposiciones concordantes.

ANEXO I

PLAZA DE ENCARGADO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Grupo de clasificación: de conformidad con la disposición adicional séptima y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril: C2.

Nivel CD: 14.

Complemento específico (año 2014): 14.530,00 euros.

Funciones del puesto de trabajo:

— Dirección y control de la actividad del personal a su cargo.

— Trabajos de conservación de infraestructuras y edificios a su cargo siendo responsable de su buen funcionamiento.

— Control de ejecución de obras.

— Conducción de vehículos y maquinaria del servicio.

— Cualquier otra que se le encomiende adecuada a su preparación y categoría.

Base segunda. Requisitos de los aspirantes.

Además de lo estipulado en las bases generales:

— Estar en posesión del título de graduado escolar, FP I, ESO o equivalente.

— Estar en posesión del carné de conducir de la clase B.

— Tener una antigüedad mínima de dos años como operario de cometidos múltiples en instalaciones deportivas.

— Poseer titulación suficiente que capacite para el desempeño de la actividad de mantenimiento de instalaciones acuáticas.

Base sexta. Desarrollo de las pruebas.

Fase de concurso:

a) Por cada año o fracción de antigüedad en el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, desempeñando funciones de mantenimiento de instalaciones deportivas, 0,25 puntos. No se tendrán en cuenta los dos primeros años por ser requisito para acceder al sistema selectivo.

b) Estar en posesión de carné de conducir de superior clase al exigido en la convocatoria: 0,50 puntos.

c) Cursos formativos sobre temas relacionados con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo impartidos por la FEMP o FMM, Dirección General de Administración Local, ministerios u organismos públicos, universidades o centrales sindicales, con el siguiente baremo:

— Hasta veinte horas lectivas: 0,50 puntos por curso.

— De veintiuna a cuarenta horas lectivas: 1 punto por curso.

— Más de cuarenta horas lectivas: 1,5 puntos por curso.

Los cursos impartidos por entidades diferentes de las anteriores serán valorados con una puntuación equivalente al 25 por 100 inferior a la señalada en el apartado c).

La puntuación alcanzada en esta fase será publicada con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas a la realización de la siguiente fase.

Fase de oposición:

Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico o preguntas sobre cuestiones prácticas relativas a las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo. Se valorará la claridad de ideas y la idoneidad de la solución aportada por el opositor. El ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos.

La nota final del proceso selectivo será la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y oposición.

ANEXO II

PLAZAS DE JEFE DE CUADRILLA PARA CUBRIR DOS PUESTOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES DEPORTIVAS

Grupo de clasificación: de conformidad con la disposición adicional séptima y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril: Agrupación profesional.

Nivel CD: 12.

Complemento específico (año 2014): 10.700,00 euros.

Funciones del puesto de trabajo:

— Actividades necesarias para el mantenimiento y conservación de edificios, bienes, infraestructuras, zonas verdes, etcétera, con utilización de maquinaria y herramientas, así como productos químicos, fitosanitarios u otros análogos necesarios.

— Conducción de vehículos y maquinaria del servicio.

— Coordinación y realización de trabajos para los que se requiera una formación específica tales como electricidad, fontanería, soldadura, carpintería, etcétera.

— Coordinación y dirección de los trabajos de la cuadrilla.

— Disponibilidad en caso de catástrofes, accidentes o inclemencias meteorológicas que puedan afectar al normal funcionamiento de las instalaciones.

— Suplencia de trabajadores de categorías inferiores.

— Cualquier otra que se le encomiende con arreglo a su capacitación y categoría.

Base segunda. Requisitos de los aspirantes.

Además de lo estipulado en las bases generales:

— Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.

— Tener una antigüedad mínima de dos años como operario de cometidos múltiples en instalaciones deportivas.

— Estar en posesión del carné de conducir de la clase B.

— Poseer titulación suficiente que capacite para el desempeño de la actividad de mantenimiento de instalaciones acuáticas.

Base sexta. Desarrollo de las pruebas.

Fase de concurso:

a) Por cada año o fracción de antigüedad en el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada en mantenimiento de instalaciones deportivas: 0,25 puntos. No se tendrán en cuenta los dos primeros años por ser requisito para acceder al sistema selectivo.

b) Por cada año completo de experiencia en trabajos relacionados con las tareas a desempeñar en el puesto de trabajo: 0,10 puntos. Los méritos alegados en este apartado deberán ser justificados mediante fotocopias de los contratos de trabajo, vida laboral expedida por la Seguridad Social en que conste la categoría laboral y certificados expedidos por la empresa contratante (u organismo oficial de que se trate) en el que se detalle los trabajos realizados.

c) Cursos formativos sobre temas relacionados con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo impartidos por la FEMP o FMM, Dirección General de Administración Local, ministerios u organismos públicos, universidades o centrales sindicales, con el siguiente baremo:

— Hasta veinte horas lectivas: 0,50 puntos por curso.

— De veintiuna a cuarenta horas lectivas: 1 punto por curso.

— Más de cuarenta horas lectivas: 1,5 puntos por curso.

Los cursos impartidos por entidades diferentes de las anteriores serán valorados con una puntuación equivalente al 25 por 100 inferior a la señalada en el apartado c).

Fase de oposición: la oposición constará de dos ejercicios.

1. Cuestionario con preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas relativas a las tareas a desarrollar en el puesto de trabajo. El ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

2. Realización de dos supuestos prácticos sobre tareas a desarrollar en el puesto de trabajo. Cada ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos. Se valorará la claridad de ideas y la idoneidad de la solución aportada por el opositor; así como el tiempo utilizado por el opositor para llevarlo a cabo la solución propuesta.

La nota final del ejercicio será la media obtenida en los dos supuestos.

La nota final del proceso selectivo será la nota media de las puntuaciones alcanzadas en la fase de oposición a la que se sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso.

ANEXO III

PLAZAS DE AYUDANTE DE MANTENIMIENTO PARA CUBRIR CUATRO PUESTOS DE TRABAJO EN INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS

Grupo de clasificación: de conformidad con la disposición adicional séptima y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril: Agrupación profesional.

Nivel CD: 11.

Complemento específico (año 2014): 8.751,72 euros.

Funciones del puesto de trabajo:

— Actividades necesarias para el mantenimiento y conservación de edificios, bienes, infraestructuras, zonas verdes, etcétera, con utilización de maquinaria y herramientas, así como productos químicos, fitosanitarios u otros análogos necesarios.

— Enterramientos.

— Conducción de vehículos y maquinaria del servicio.

— Disponibilidad en caso de catástrofes, accidentes o inclemencias meteorológicas que puedan afectar al normal desarrollo de la vida ciudadana.

— Realización de trabajos para los que se requiera una formación específica tales como electricidad, fontanería, soldadura, carpintería, etcétera.

— Suplencia de trabajadores de categorías inferiores.

— Cualquier otra que se le encomiende con arreglo a su capacitación y categoría.

Base segunda. Requisitos de los aspirantes.

Además de lo estipulado en las bases generales:

— Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.

— Tener una antigüedad mínima de dos años como operario de cometidos múltiples en servicios urbanos e infraestructuras.

— Estar en posesión del carné de conducir de la clase B.

Base sexta. Desarrollo de las pruebas.

Fase de concurso:

a) Por cada año o fracción de antigüedad en el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada en mantenimiento de instalaciones y/o infraestructuras: 0,25 puntos. No se tendrán en cuenta los dos primeros años por ser requisito para acceder al sistema selectivo.

b) Por poseer titulación oficial de conocimientos relativos a las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo: 0,50 puntos por cada titulación justificada. En caso de poseer varias titulaciones referentes a los mismos conocimientos se valorará únicamente la superior.

c) Cursos formativos sobre temas relacionados con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo impartidos por la FEMP o FMM, Dirección General de Administración Local, ministerios u organismos públicos, universidades o centrales sindicales, con el siguiente baremo:

— Hasta veinte horas lectivas: 0,50 puntos por curso.

— De veintiuna a cuarenta horas lectivas: 1 punto por curso.

— Más de cuarenta horas lectivas: 1,5 puntos por curso.

Los cursos impartidos por entidades diferentes de las anteriores serán valorados con una puntuación equivalente al 25 por 100 inferior a la señalada en el apartado c).

Fase de oposición:

Constará de dos ejercicios:

1. Resolución de un cuestionario tipo test, con cuatro respuestas alternativas cada una de ellas, relativas a cuestiones prácticas relacionadas con las tareas a desempeñar en el puesto de trabajo. El ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 para superar el mismo.

2. Resolución de dos supuestos prácticos.

La nota final del proceso selectivo será la nota media de las puntuaciones alcanzadas en la fase de oposición a la que se sumará la obtenida en la fase de concurso.

Villanueva de la Cañada, a 6 de mayo de 2014.—El alcalde, Luis Partida.

(02/3.231/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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