Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140604-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

141
Ejecución 183 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 183 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Torresano Arellano, frente a don Francisco Javier Serrano Romero, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 4 de octubre de 2013.—Por presentado el anterior escrito y documentos fórmese el correspondiente procedimiento de jura de cuentas instado por don Miguel Ángel Torresano Arellano, contra don Francisco Javier Serrano Romero, con los que se formarán autos de ejecución número 183 de 2013; sustánciese por los cauces legales establecidos en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a cuyo efecto requiérase al expresado demandado para que en el plazo de diez días abone al demandante la cantidad de 157,96 euros en concepto de honorarios o, en otro caso, impugne la cuenta, previniéndole que de no verificarlo se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Francisco Javier Serrano Romero, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.147/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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