Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140604-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

96
Procedimiento ordinario 613 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 613 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Martos Gámiz, don Carlos Rivas Martínez, don Carlos María Dendariena Carro, don Emilio Tébar Sánchez Pantoja, don Fernando Pereira Triguero, don Francisco Javier Elez Galán, doña Isabel María Serrano Extremera, don José Antonio Cano Sánchez, don Pedro Manuel Pascual Monseco y don Sergio Tébar Sánchez Pantoja, frente a “Jofremar Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 10 de abril de 2014.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistidos de la demadna en el presente proceso a don Carlos Rivas Martínez, don Sergio Tébar Sánchez Pantoja, don Pedro Manuel Pascual Monseco, don Emilio Tébar Sánchez Pantoja, don Ángel Martos Gámiz, don Francisco Javier Elez Galán, don Fernando Pereira Triguero, don Carlos María Dendariena Carro, don José Antonio Cano Sánchez y doña Isabel María Serrano Extremera, frente a la codemandada “Grupo Select Service Integral, Sociedad Limitada Unipersonal”, manteniéndose contra la empresa codemandada “Jofremar Multiserivicios, Sociedad Limitada”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Select Service Integral, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de mayo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.097/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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