Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140604-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

91
Ejecución 7 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Cristina Seivane Terán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 7 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Borreguero Ruiz, frente a “Clece, Sociedad Anónima”, y “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y diligencia de ordenación, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Teresa Borreguero Ruiz, frente a las demandadas “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Clece, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 1.488,64 euros, más 148,86 euros y 148,86 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2506/0000/64/0007/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Diligencia de ordenación.—Habiéndose presentado en esta fecha, en este Juzgado, escrito y copias por doña María Teresa Borreguero Ruiz solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condena a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y a “Clece, Sociedad Anónima”, para que paguen solidariamente a la ejecutante indicada en el plazo de cinco días la cantidad de 1.786,36 euros, con apercibimiento que de no efectuarlo se iniciará la vía de apremio contra sus bienes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.086/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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