Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140604-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

85
Ejecución 218 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 218 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Rodríguez Saavedra, frente a “Electrónica Men, Sociedad Limitada”, “Instalación y Mantenimiento Majer, Sociedad Limitada”, “Quintana y Eleno, Sociedad Limitada”, y “Quintelén, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 30 de abril de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 52.148,53 euros de principal y de 5.214 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Quintelén, Sociedad Limitada”, “Quintana y Eleno, Sociedad Limitada”, “Instalación y Mantenimiento Majer, Sociedad Limitada”, y “Electrónica Men, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Publíquese la presente resolución por edictos, y una vez firme hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de las deudoras (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Asimismo, expídanse los testimonios necesarios para la parte actora para que pueda iniciar el expediente correspondiente ante el Fondo de Garantía Salarial, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, donde deberá comparecer para su retirada.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0218/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Instalación y Mantenimiento Majer, Sociedad Limitada”, “Electrónica Men, Sociedad Limitada”, “Quintana y Eleno, Sociedad Limitada”, y “Quintelén, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.437/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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