Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140603-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 6

65
Procedimiento ordinario 507 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 507 de 2010 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 142 de 2010

En Collado Villalba, a 22 de noviembre de 2010.—Vistos por don Ricardo Ruiz Sáenz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Collado Villalba, los presentes autos de juicio ordinario número 507 de 2010, por reclamación de cantidad, en el que han sido partes: “Finanzia Banco de Crédito, Sociedad Anónima”, como demandante, representada por el procurador de los tribunales don Esteban Muñoz Nieto, y don Carlos Mariano Cerro Cortés y doña Luz Divina Álvarez de Paz, como demandados, declarados en rebeldía, convengo en señalar lo siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Finanzia Banco de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Esteban Muñoz Nieto, contra don Carlos Mariano Cerro Cortés y de Luz Divina Álvarez de Paz, declarados en rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 33.546,62 euros, incrementada en lo que resulte de aplicarle el interés de demora pactado.

Todo ello con expresa imposición de costas a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación mediante la presentación de un escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes al que se notifique. Adviértase de la necesidad de constituir depósito por importe de 50 euros para formalizar el recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma don Ricardo Ruiz Sáenz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Collado Villalba.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Carlos Mariano Cerro Cortés y doña Luz Divina Álvarez de Paz se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Collado Villalba.—El secretario (firmado).

(02/3.491/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140603-65