Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
02-06-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140602-162

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

162
Procedimiento 744 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 744 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando García Tejedor, frente a “Mecanizados Afer, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 72 de 2014

En Madrid, a 26 de febrero de 2014.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, doña Begoña García Álvarez, los presentes autos número 744 de 2013, seguidos a instancias de don Fernando García Tejedor, que comparece asistido por la letrada doña María José Sobrino Rodríguez Rey, contra “Mecanizados Afer, Sociedad Limitada”, que no comparece, sobre resolución de contrato, en nombre de Su Majestad el rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando las demandas de extinción de contrato, al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, y despido formuladas por don Fernando García Tejedor, frente a “Mecanizados Afer, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido del actor llevado a cabo con efectos de fecha 30 de septiembre de 2013, declarando, igualmente, extinguida en la fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a las partes, y condenando a la demandada a que abone al actor la suma de 7.823,94 euros en concepto de indemnización, abonándole, además, la suma de 5.881,20 euros en concepto de salarios adeudados (5.786,46 euros) y plus de transporte (94,74 euros).

La deuda salarial ascendente a 5.786,46 euros, que devengará un 10 por 100 de interés anual por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300,00 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, y en aplicación de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, deberá acompañar, en el mismo momento procesal, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial debidamente validado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Seguidamente la anterior sentencia fue leída y publicada por la ilustrísima magistrada-juez de lo social que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el sitio de costumbre.—Doy fe.

Diligencia.—Con la misma fecha se remiten por correo certificado copias de la sentencia para su notificación a las partes.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mecanizados Afer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.808/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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