Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140529-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64

115
Procedimiento ordinario 399 de 2007-B

EDICTO

La secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 64 de los de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen los autos de juicio ordinario, seguidos bajo el número 399 de 2007, a instancias de don Manuel Barragán Martos y doña Monserrat Reguero López, representados por la procuradora doña Ana de la Corte Macías, contra “Aroc Ecuador, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado con fecha 30 de noviembre de 2007 resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 274 de 2007

En Madrid, a 30 de noviembre de 2007.—Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, los presentes autos de juicio de procedimiento ordinario número 399 de 2007, promovidos a instancias de doña Monserrat Reguero López y don Manuel Barragán Martos, representados por la procuradora doña Ana de la Corte Macías y defendidos por la letrada doña Agustina Hernández Estévez, contra la mercantil “Aroc Ecuador, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Ana de la Corte Macías, en nombre y representación de don Manuel Barragán Martos y doña Monserrat Reguero López, contra la mercantil “Aroc Ecuador, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a los actores la cantidad de 4.295,60 euros, más los intereses legales de dicho importe desde la fecha de presentación de la demanda, con expresa imposición a la misma demandada de las costas causadas en este proceso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Esta sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída, dada y publicada por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública el día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma de “Aroc Ecuador, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 26 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.086/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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