Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140523-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

126
Juicio verbal 615 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 615 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 1.260 de 2013

Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Alonso Rodríguez-Sedano.—En Madrid, a 24 de octubre de 2013.

Parte demandante, “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), con abogada señora Melgar Martín-Salas y procurador señor Navarro Cerrillo, y parte demandada, don Raúl Alberto Giraldo Aguado, con abogado sin profesional asignado y procurador sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Virgilio José Navarro, en nombre y representación de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), contra don Raúl Alberto Giraldo Aguado, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 4.367,15 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, así como las costas de este proceso.

Llévese esta sentencia al libro de su clase, dejando testimonio suficiente en los autos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá presentarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados desde la notificación de esta sentencia, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

La admisión del recurso precisará que, al prepararse, se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1845/00/3250 (cuenta del Juzgado)/XXXX (número de procedimiento, con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/XX(dos últimas cifras del año del procedimiento), abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto” el depósito de 50 euros exigidos por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009).

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Raúl Alberto Giraldo Aguado se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 24 de octubre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/7.979/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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