Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140523-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44

117
Juicio verbal 1.641 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento de juicio verbal número 1.641 de 2012 seguido a instancias de “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, frente a don Rolando Balcaraz Saavedra y doña Ana Milena Guarín Gómez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña María José Lorena Ochoa Vizcaíno.—En Madrid, a 19 de febrero de 2013.

Parte demandante, “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, con procurador don Ignacio Rodríguez Díez, y parte demandada, don Rolando Balcaraz Saavedra y doña Ana Milena Guarín Gómez.

Doña Lorena Ochoa Vizcaíno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio verbal número 1.641 de 2012, sobre reclamación de cantidad, promovidos por el procurador don Ignacio Rodríguez Díez, en nombre y representación de la entidad “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, contra don Rolando Balcaraz Saavedra y doña Ana Milena Guarín Gómez, declarados en rebeldía en estos autos.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador don Ignacio Rodríguez Díez, en nombre y representación de la entidad “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, contra don Rolando Balcaraz Saavedra y doña Ana Milena Guarín Gómez, y en consecuencia, debo condenar y condeno a estos últimos a abonar a la actora la suma de 3.575,29 euros en concepto de principal de saldo deudor, más los intereses moratorios hasta el día de su completo pago y al abono de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos correspondientes, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose la demandada doña Ana Milena Guarín Gómez en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

En Madrid, a 29 de abril de 2014.—El secretario (firmado).

(02/3.212/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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