Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140523-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

178
Procedimiento ordinario 1.092 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.092 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Rodríguez Valsero, frente a doña Laura Esther Barrera Expósito, don Suresh Hariram Lalwani Primlani, “Comercial Montreal, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, “Lalbatex Globel, Sociedad Limitada”, “Moda Montreal, Sociedad Limitada”, y “Promociones Jyala Tenerife, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 14 de abril de 2014 en los términos siguientes:

La parte actora desiste de la demanda de extinción, manteniendo la demanda de despido improcedente y reclamación de cantidad frente a “Moda Montreal, Sociedad Limitada”. Asimismo, la parte actora desiste de las acciones interpuestas en concepto de reclamación de cantidad, despido y extinción de contrato frente a todos los codemandados, a excepción de “Moda Montreal, Sociedad Limitada”.

La empresa “Moda Montreal, Sociedad Limitada”, reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos 29 de septiembre de 2012, a razón de un salario diario de 43,96 euros brutos, reconociendo una indemnización por importe de 33.299,70 euros netos.

La empresa reconoce adeudar en concepto de salarios impagados la cantidad de 3.811,68 euros netos por los conceptos de la demanda.

Dichas cantidades serán abonadas mediante transferencia bancaria en el plazo de veinticuatro horas en la cuenta bancaria en la que la actora percibía sus haberes.

La trabajadora acepta, no teniendo nada más que reclamar por este ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2517/0000/60/1092/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Comercial Montreal, Sociedad Anónima”, don Suresh Hariram Lalwani Primlani y doña Laura Esther Barrera Expósito, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de abril de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.678/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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