Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140517-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

79
Procedimiento 974 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 974 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Razvan Leonard Gluga, frente a “Grupo Hostelero Ambesa, Sociedad Limitada”, y “Malibú State, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado en fecha 9 de abril de 2014 resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 9 de abril de 2014 en los términos siguientes:

Con carácter previo el actor desiste de su demanda presentada frente a “Grupo Hostelero Ambesa, Sociedad Limitada”.

La empresa demandada “Malibú State, Sociedad Limitada”, reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos 6 de julio de 2013 y ofrece por el concepto de indemnización la cantidad de 3.800 euros netos, pagadera en dos plazos mediante sendos talones nominativos que serán recogidos por el actor en el despacho de abogados, sito en la calle Fernández de la Hoz, número 52, quinta planta, puerta 1: el primero de ellos, el viernes día 11 de abril de 2014, por importe de 2.000 euros netos, y el segundo talón será recogido el día 30 de abril de 2014, por importe de 1.800 euros netos. El impago del primero de los plazos dará lugar a la ejecución por el total de la cantidad adeudada.

El trabajador acepta y reconoce hallarse saldado y finiquitado por todos los conceptos no teniendo nada más que reclamar.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2519/0000/61/0974/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Hostelero Ambesa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.046/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140517-79