Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
12-05-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140512-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81

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Juicio verbal 381 de 2013

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal número 381 de 2013, sobre otras materias, a instancias de “Popular de Factoring, Sociedad Anónima, EFC”, con procurador don Eduardo Codes Feijoo, contra Tesorería General de la Seguridad Social y “Cuadrilec Obras e Instalaciones Alcázar, Sociedad Limitada”, con procurador sin profesional asignado, se ha dictado auto de fecha 31 de marzo de 2014 siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, acuerdo: Estimar la demanda de tercería interpuesta por “Popular de Factoring, Sociedad Anónima, EFC”, contra “Cuadrilec Obras e Instalaciones Alcázar, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social y, en consecuencia, declaro a los solos efectos de la vía de apremio administrativa litigiosa como propiedad de “Popular de Factoring, Sociedad Anónima, EFC”, el bien objeto de tercería y ordeno que se alce y se deje sin efecto el embargo trabado sobre el referido bien en el expediente número 28/08/12/00192093, seguido ante la Tesorería General de la Seguridad Social, y libre al efecto los oportunos mandamientos, con imposición a la Tesorería General de la Seguridad Social de las costas causadas en esta primera instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme, y que contra la cual cabe recurso de apelación a interponer en el plazo de veinte días desde la notificación, ante este Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Carlos Ceballos Norte, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 81 de Madrid.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Cuadrilec Obras e Instalaciones Alcázar, Sociedad Limitada”.

En Madrid, a 31 de marzo de 2014.—El secretario (firmado).

(02/2.717/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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