Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2014

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140508-10

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2014, del Rector de la Universidad de Alcalá, por la que se modifica la Resolución de 18 de marzo de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 26 de marzo de 2014), por la que se delegan competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad.

Vista la Resolución de 18 de marzo de 2014, por la que se delegan competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad, y vista la delegación de competencias que se contiene en el apartado primero en favor del/la Vicerrector/a de Investigación y Transferencia, se advierte la ausencia de competencias que se estiman necesarias para que por parte de este órgano pueda desempeñarse adecuadamente la labor asignada.

Considerando la conveniencia de que en el/la Vicerrector/a de Investigación y Transferencia sean delegadas determinadas competencias por razones de eficacia y operatividad, este Rectorado

RESUELVE

Modificar el apartado primero de la Resolución de 18 de marzo de 2014, por la que se delegan competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad, adicionando al mismo un nuevo subapartado, quedando redactado como sigue:

“Primero

Delegar en el/la Vicerrector/a de Investigación y Transferencia:

a) La ordenación y coordinación de las actividades y convocatorias de investigación, a través de los departamentos, grupos de investigación, institutos universitarios de investigación y centros de apoyo a la investigación.

b) La ordenación y coordinación de las cátedras extraordinarias.

c) La coordinación y gestión de la Biblioteca Universitaria.

d) La ejecución de los acuerdos de la Comisión de Investigación.

e) La ordenación y coordinación de las actividades de transferencia de conocimiento e innovación y la gestión y seguimiento de los parques científicos y tecnológicos.

f) La gestión y dirección de la OTRI.

g) La gestión y seguimiento de las solicitudes de patentes, marcas y registros de la Universidad de Alcalá ante la Oficina Española de Patentes y Marcas u otras oficinas o registros oficiales de propiedad industrial y/o intelectual.

h) La suscripción, dentro del ámbito de competencias delegadas en este Vicerrectorado, de convenios, contratos y acuerdos, tanto de cesión de titularidad de derechos de explotación de una obra o invención, que se suscriben con los autores o inventores de la misma en beneficio de la Universidad, como de licencia de propiedad industrial y/o intelectual.

i) La suscripción, en nombre y representación de la Universidad de Alcalá, de cuantos documentos públicos o privados sea legalmente necesario formalizar para la constitución de empresas de base tecnológica, así como de todos aquellos otros que se deriven de los anteriores.

j) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general”.

En Alcalá de Henares, a 30 de abril de 2014.—El Rector, Fernando Galván.

(03/14.375/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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