Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140506-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

96
Procedimiento ordinario 474 de 2012

EDICTO

Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado con el número 474 de 2012, a instancias de “CP Merchandising, Co. LTD” contra “Carlos y Víctor, Sociedad Limitada”, “Pescaderías Mergalcam, Sociedad Limitada”, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 12 de marzo de 2014.

Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de los de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 474 de 2012, derivados de demanda presentada por “CP Merchandising, Co. LTD”, representada por el procurador señor Saus Reyes y bajo la dirección letrada del señor Gómez-Balboa Fernández, contra “Pescaderías Mergalcam, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Cimarra Cardenal y bajo la dirección letrada de la señora Rius Peña, y contra “Carlos y Víctor, Sociedad Limitada”, declarada en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 50.648 euros, dicta, en nombre de Su Majestad el Rey la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Saus Reyes, en nombre y representación de “CP Merchandising, Co. LTD”, debo condenar y condeno a “Carlos y Víctor, Sociedad Limitada”, y a “Pescaderías Mergalcam, Sociedad Limitada”, a que abonen a la actora la cantidad de 50.648 euros, cifra que devengará los intereses previstos en la Ley 3/2004, y todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número de cuenta del Juzgado 2448, del “Banco Español de Crédito”; código de la entidad, 0030; código de la oficina, 1845, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y para su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende la presente.

Madrid, a 14 de marzo de 2014.—El secretario (firmado).

(02/2.847/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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