Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2014

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140506-47

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ORDEN 400/2014, de 30 de abril, del Consejero de Sanidad, por la que se concede la Placa de Plata a la Fundación Pfizer.

Mediante Decreto 106/2004, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, se crearon diversas distinciones honoríficas en la Sanidad Madrileña, entre ellas, la Placa de Plata que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la precitada norma, se instituye como recompensa por los servicios prestados a la Administración de la Sanidad de la Comunidad de Madrid, así como en reconocimiento de cualquier otra labor, a favor de la sanidad pública, desarrollada por entidades públicas o privadas.

La concesión de la Placa de Plata corresponde, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 1286/2006, de 22 de junio, por la que se desarrolla aquel Decreto, al Consejero de Sanidad, a propuesta del titular de la Secretaría General Técnica de dicha Consejería, una vez oídas las diferentes Direcciones Generales de la misma, que habrán de presentar los candidatos y los méritos que se les reconocen.

De conformidad con lo señalado, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad ha elevado propuesta para la concesión de la Placa de Plata a la Fundación Pfizer, por haberse consolidado como entidad activa en el cuidado de la salud y el bienestar de la población, ya sea impulsando la innovación en la investigación científica y social, o desarrollando actividades que permitan adelantarse y dar soluciones en salud, frente a los cambios que afectan al entorno.

En su virtud, a propuesta de la Secretaria General Técnica, el Consejero de Sanidad

DISPONE

Primero

Conceder la Placa de Plata a la Fundación Pfizer, por haberse consolidado como entidad activa en el cuidado de la salud y el bienestar de la población, ya sea impulsando la innovación en la investigación científica y social, o desarrollando actividades que permitan adelantarse y dar soluciones en salud, frente a los cambios que afectan al entorno.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de abril de 2014.

El Consejero de Sanidad, FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

(03/14.297/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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