Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
01-05-2014

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140501-3

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

3
RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2014, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal, suscrita por la comisión deliberadora (código número 28003715011982).

Examinada el Acta de Revisión Salarial del Convenio Colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal, suscrita por la comisión deliberadora, el día 27 de enero de 2014, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicha Revisión Salarial, del convenio colectivo, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 31 de marzo de 2014.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Acta de la comisión deliberadora del Convenio Colectivo para la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de Madrid

En Madrid, a las diez horas del día 27 de enero de 2014, en los locales de AECIM, calle Príncipe de Vergara, número 74, primero derecha, se reúne la comisión deliberadora del Convenio Colectivo para la Industria Servicios e Instalaciones del Metal de Madrid, con asistencia de los señores reseñados en el Anexo de asistencia y que firman en todas las hojas, para proceder a la actualización y revisión de las tablas salariales del convenio para el año 2014.

Se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.—Que las partes aquí firmantes modifican lo establecido en el artículo 29 del convenio en materia salarial en los siguientes términos:

“A 1 de enero de 2014 se incrementarán las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2013 en un 0,6 por 100”.

Segundo.—Las cantidades tituladas “por carencia de incentivo” a las que refiere el artículo 17 del convenio y recogidas en tablas salariales, quedan establecidas para las ocupaciones de peón, especialista, oficial de tercera, oficial de segunda y oficial de primera en 2,07 euros por día efectivamente trabajado.

Tercero.—El salario base para el cálculo de pluses del año 2014, que figura en el artículo 37 del convenio, es el resultado de incrementar la tabla base para cálculo de pluses del año 2013 en los mismos porcentajes que las tablas salariales. La cuantía del año 2014 aparece recogida en la correspondiente columna de las tablas salariales que se adjuntan.

Cuarto.—La cuantía del quinquenio, que figura en el artículo 41 del convenio, se incrementa en el mismo porcentaje que las tablas salariales. Dicha cuantía para el año 2014 figura en la correspondiente columna de las tablas salariales que se adjuntan.

Quinto.—El plus de kilometraje, recogido en el artículo 44 del convenio, queda establecido en 0,19 euros o la cantidad que establezca Hacienda como exenta de tributación.

Sexto.—Se aplica el mismo incremento salarial pactado para tablas en 2014 al concepto de dietas del artículo 45 del convenio colectivo:

— Media dieta: 8,76 euros.

— Dieta completa inferior a siete días: 42,76 euros.

— Dieta completa superior a siete días: 34,21 euros.

En la actividad de tendidos de líneas eléctricas y electrificación de ferrocarriles queda fijada la dieta completa en 34,21 euros y la media dieta en 8,76 euros.

Séptimo.—Se anexan las tablas de adaptación transitoria incluidas en la disposición transitoria tercera del convenio colectivo.

Octavo.—Se acuerda que esta acta se firme por los portavoces sindicales (señores Martín y Hoya) y de la representación empresarial (señor Guerrero) junto con el secretario.

Remitir dicha acta y nuevas tablas a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo de la Comunidad de Madrid para que proceda al oportuno trámite de registro y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, autorizando al secretario de esta comisión deliberadora para llevar a cabo dichos trámites, subsanando los errores formales y/o materiales que pudieran producirse.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las catorce horas del día de la fecha.

ANEXO

REPRESENTACIÓN

Empresarial:

— Titulares:

• Don J. Miguel Guerrero Sedano (AECIM), con DNI 9.707.677.

• Don Luis Cid Fuentes Gómez (AECIM), con DNI 50.174.045.

• Doña Ana Martínez Jaraiz (AECIM), con DNI 8.030.667.

• Don Esther Alía Mayorga (AECIM), con DNI 01.918.095.

• Don Miguel Ángel Sagredo (AECIM), con DNI 07.235.727.

• Don Federico Durán (AECIM), con DNI 00.664.166.

• Don José Luis Sánchez Pérez (AECIM), con DNI 5.269.406.

• Don Andrés Picado (AECIM), con DNI 14.890.268.

• Doña Manuela Pérez Martínez (AECIM), con DNI 70.519.212.

• Don Carlos Jacob Sánchez (AECIM), con DNI 5.342.936.

• Doña Miriam Ortiz Criado (AECIM), con DNI 51.074.080.

Sindical:

— Titulares:

• Doña Mercedes González Calvo (CC OO), DNI 01.114.052.

• Doña Ana María Oller Alarcón (CC OO), con DNI 51.646.809.

• Don Manuel Moya Serrano (CC OO), con DNI 25.921.264.

• Doña Raquel Márquez Fernández (CC OO), con DNI 52.377.778.

• Don Luis Fernando Castro Domínguez (CC OO), con DNI 20.253.330.

• Don Emilio Bautista García (CC OO), con DNI 07.477.351.

• Don Mariano Hoya Callosa (UGT), con DNI 1.908.608.

• Don Jesús A. Martínez Hernández (UGT), con DNI 262.390.

• Don Carlos García Nieto (UGT), con DNI 5.354.934

• Don José Luis Ortega Rubio (UGT), con DNI 01.911.388.

• Doña Rosa Alicia Gorgues Pinet (UGT), con DNI 8.974.438.

— Suplentes:

• Don Carlos Paraíso Pareja (CC OO), con DNI 53.133.218.

• Don Francisco Valero Jimena (UGT), con DNI 11.804.282.

• Don Sergio Mata Martínez (UGT), con DNI 71.551.230.

• Don Eugenio Ceballos Camacho (UGT), con DNI 50.399.244.

• Don José Luis Nogués González (UGT), con DNI 51.977.993.

• Don Luis Manuel Duque Rodríguez (UGT), con DNI 52.085.564.

Asesores:

— Doña Beatriz Montalvo Caracena, con DNl 50.445.154.

— Don Clemente de la Casa Díaz (UGT), con DNI 2.058.699.

Secretario comisión:

— Don José María Roncero Gómez de Bonilla, DNI 12.369.944.







(03/11.995/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140501-3