Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2014

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140430-42

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

42
RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración en concreto de utilidad pública de la reforma de dos líneas aéreas de 66 kV, a instalar desde San Agustín del Guadalix a Cabañillas del Campo, en los términos municipales de San Agustín del Guadalix, El Molar, Pedrezuela, El Vellón, Guadalix de la Sierra, Venturada y Cabanillas de la Sierra (Madrid), solicitado por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”.

2008P1584

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 14 de diciembre de 2009 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración, en concreto, de utilidad pública de reforma de dos líneas aéreas, del que se acompaña el correspondiente proyecto de ejecución, firmado por don Miguel Ángel Sánchez Suárez, visado con número 200903717, de 23 de abril de 2009, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública conjunto al de declaración, en concreto, de utilidad pública al haberse solicitado la declaración de utilidad pública simultáneamente a la petición de autorización que figura en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Tercero

Consta en el expediente Declaración de Impacto ambiental SEA 11/9 del proyecto emitido con fecha 19 de julio de 2012 por la Directora General de Evaluación Ambiental.

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 24/2013 que deroga la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2013); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas de Alta Tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008 (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de marzo de 2008), así como el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación; Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982), y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, y se han tenido en cuenta todas las alegaciones presentadas, por lo que vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas en uso de las atribuciones legalmente establecidas

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, reforma de dos líneas aéreas de 66 kV, a instalar desde San Agustín del Guadalix a Cabañillas del Campo, en los términos municipales de San Agustín del Guadalix, El Molar, Pedrezuela, El Vellón, Guadalix de la Sierra, Venturada y Cabanillas de la Sierra (Madrid) cuyas características son las siguientes:

— Reforma de una línea aérea 2008P1584-ILE 7373, de doble circuito, a 66 kV de tensión, de 5.870 metros de longitud, con conductor LA-175 Dúplex, con origen en apoyo existente número 1, UTM: X = 447666 e Y = 4504443 y final en apoyo existente número 29, coordenadas UTM: X = 448893 e Y = 4510102.

— Reforma de una línea aérea 2008P1584-ILE 7374, de doble circuito, a 66 kV de tensión, de 8.415 metros de longitud, con conductor LA-175 Dúplex, con origen en apoyo existente número 30, UTM: X = 448987 e Y = 4511047 y final en apoyo existente número 67, coordenadas UTM: X = 447780 e Y = 4518849.

Segundo

La declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación citada, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, relacionados en el Anexo que se adjunta a la presente Resolución e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley del Sector Eléctrico.

Tercero

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes.

2. Deberán cumplirse las condiciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental citada, así como las condiciones del informe de la Dirección General de Medio Ambiente de 22/01/2004 relativas al proyecto de integración ambiental.

3. El plazo de ejecución de la instalación será de veinticuatro meses contados a partir de la fecha de la presente Resolución, al término del cual se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

Cuarto

La presente autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales y terrenos.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 21 de marzo de 2014.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

















(02/2.442/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140430-42