Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2014

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140429-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Concesión medalla

En la sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, de 3 de abril de 2014, se aprobó lo que sigue y en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional primera del Reglamento Municipal del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se da publicidad al siguiente acuerdo:

“9. 0. Aprobación concesión de Medalla de la Ciudad a dos exalcaldes democráticos de Fuenlabrada.

El alcalde-presidente presenta al Pleno la siguiente propuesta, que se transcribe literalmente:

En abril de 1979 se constituía en Fuenlabrada, como en el resto de municipios de España, los primeros Ayuntamientos democráticos, al amparo de la recién aprobada Constitución de 1976, y como resultado de las primeras elecciones democráticas celebradas el 3 de abril.

Estamos ante el 35 Aniversario de la Constitución de los Ayuntamientos Democráticos. Celebrarlo supone festejar el triunfo de valores como el diálogo, la participación, la tolerancia, el compromiso, la responsabilidad, el progreso y el bienestar y, en definitiva, conmemorar la consolidación de nuestra democracia. Y celebrarlo también implica un claro y merecido reconocimiento a los hombres y mujeres, vecinos nuestros, que han dedicado sus ilusiones, su tiempo y sus conocimientos a la gestión política del Ayuntamiento como alcaldes y concejales.

Sin duda, aquellos primeros representantes que tomaron posesión el 19 de abril de 1979 fueron los protagonistas del inicio del proceso de normalidad democrática y del comienzo real de la gran transformación política, social y económica de España y del período más largo de progreso y de convivencia en libertad de nuestra historia.

Es por ello, que desde este Ayuntamiento queremos reconocer esa labor a los alcaldes democráticos que han existido en el municipio de Fuenlabrada, don Manuel de la Rocha Rubí y don José Quintana Viar, y para ello se ha iniciado el oportuno procedimiento según decreto de la Alcaldía-Presidencia 158/2004, de 26 de febrero de 2014.

Visto informe favorable del instructor, relativo a la concesión de la Medalla de la Ciudad de Fuenlabrada a los alcaldes democráticos que han existido en el municipio de Fuenlabrada, don Manuel de la Rocha Rubí y don José Quintana Viar, en reconocimiento a su labor.

Considerando lo establecido por el Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Es por todo ello, que vengo en proponer al Pleno municipal:

Primero.—Aprobar la concesión de la Medalla de la Ciudad de Fuenlabrada a los exalcaldes democráticos del municipio, don Manuel de la Rocha Rubí y don José Quintana Viar.

Segundo.—Comunicarla presente resolución a los interesados.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Visto el informe preceptivo emitido por la secretaria general, de 7 de marzo de 2014, que obra en el expediente.

Visto el dictamen favorable de la Comisión de Pleno con carácter general de Urbanismo, de 25 de marzo de 2014.

Votación y acuerdo:

El Ayuntamiento Pleno acordó aprobar, por unanimidad, de los concejales asistentes (25), que en todo caso representa el quórum de mayoría absoluta de los miembros que componen la Corporación (27), lo siguiente:

Primero.—Aprobar la concesión de la Medalla de la Ciudad de Fuenlabrada a los exalcaldes democráticos del municipio, don Manuel de la Rocha Rubí y don José Quintana Viar.

Segundo.—Comunicar la presente resolución a los interesados.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

En Fuenlabrada, a 9 de abril de 2014.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/12.258/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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