Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
28-04-2014

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140428-67

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

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Bajas padrón municipal

En cumplimiento de los previsto en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece la obligación de renovación periódica cada dos años en el padrón municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, mediante resolución motivada, procedió a acordar la baja por caducidad de los extranjeros que a continuación se relacionan, al no haber procedido a renovar su inscripción y, asimismo, a tenor de la resolución de 28 de abril de 2005 (“Boletín Oficial del Estado” número 128) del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictaron las instrucciones técnicas de los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar su caducidad.

En este sentido, habiendo intentando su notificación sin causar efecto, se procede a efectuar la misma a tenor de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Recursos: con carácter potestativo, recurso de reposición a tenor de los establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la última publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el tablón de edictos del Ayuntamiento, contra la resolución de dicho recurso podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de los contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, tal y como preceptúan los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, pudiendo no obstante interponer cualquier otra reclamación o recurso que considere oportuno.



En San Fernando de Henares, a 25 de febrero de 2014.—El alcalde-presidente, Ángel Moreno García.

(02/1.516/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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