Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-04-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140424-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

63
Procedimiento ordinario 1.172 de 2010-S

EDICTO

Don Miguel Anaya del Olmo, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el presente procedimiento seguido a instancias de la procuradora señora García Abascal, en nombre de comunidad de propietarios de calle San Justo, números 5 al 11, “La Fortuna”, Leganés, frente a “Construcciones Blagar, Sociedad Limitada”, doña Dolores Rumi Arjona, don Luis Fernando Fraile, don Benjamín Galisteo, doña Carmen Sierra, don Santiago Monforte, don Martín Marco y don Obdulio Jiménez Jiménez, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 20 de diciembre de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 1.172 de 2010, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle San Justo, números 5 al 11, “La Fortuna”, representada por la procuradora doña Susana García Abascal y asistida por el letrado don Juan Borja Bailo, contra “Construcciones Blagar, Sociedad Limitada”, citada por edictos y declarada en rebeldía, don Benjamín Galisteo Muñoz y doña María del Carmen Sierra Abella, representados por el procurador don Jesús Aguilar Jiménez y asistidos por la letrada doña Juana María Izquierdo Sotoca, contra don Santiago Monforte Vázquez y don Martín Marco Pastor, representados por la procuradora doña María José Rodríguez Tejeiro, y asistidos por la letrada doña Lydia Álvaro Espinar, contra don Obdulio Jiménez Jiménez, representado por la procuradora doña Eugenia Fernández-Rico Fernández y asistido por la letrada doña María Teresa Carabias Sánchez, y contra doña María Dolores Rumi Arjona, con domicilio en la calle Martínez Oriol, número 20, Madrid, declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, en el que aparece el siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora señora García Abascal, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle San Justo, números 5 al 11, “La Fortuna”, representada por la procuradora doña Susana García Abascal, contra “Construcciones Blagar, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, don Benjamín Galisteo Muñoz y doña María del Carmen Sierra Abella, representados por el procurador don Jesús Aguilar Jiménez, contra don Santiago Monforte Vázquez y don Martín Marco Pastor, representados por la procuradora doña María José Rodríguez Tejeiro, contra don Obdulio Jiménez Jiménez, representado por la procuradora doña Eugenia Fernández-Rico Fernández, y contra doña María Dolores Rumi Arjona, declarada en rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a realizar las obras de reparación de grietas y fisuras, de conformidad con el informe pericial de la señora Castejón, en el plazo de quince días a partir de la firmeza de la presente, caso de no verificarlo serán realizadas a su costa sin que las obras a realizar puedan superar la cantidad de 19.805,17 euros. Sin imposición de costas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.

Así por mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichos demandados “Construcciones Blagar, Sociedad Limitada”, y doña María Dolores Rumi Arjona, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los codemandados mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de enero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/1.545/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140424-63