Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2014

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140422-60

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2014, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se dispone la notificación por edictos de los acuerdos de devolución de la garantía definitiva en relación con el contrato de obras titulado “Proyecto de restauración de las fachadas principal y posterior de la iglesia Concepción Real de Calatrava, en Madrid”.

Notificación de los acuerdos de devolución de la garantía definitiva en relación con el contrato de obras titulado “Proyecto de restauración de las fachadas principal y posterior de la Iglesia Concepción Real de Calatrava, en Madrid”.

Intentadas notificaciones al interesado sin haber podido practicarse, se procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59, apartado 5.o, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a practicar dichas notificaciones por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Expediente: “Proyecto de restauración de las fachadas principal y posterior de la iglesia Concepción Real de Calatrava en Madrid”.

— Interesado: “Clar Rehabilitación, Sociedad Limitada”, con domicilio en el Polígono Industrial “Los Olivos”, Innovación, número 11, 28906 Getafe (Madrid).

— Actos a notificar: Orden de 6 de noviembre de 2013, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se dispone la devolución de la garantía definitiva con número de resguardo 200555001920-J.

De conformidad con lo dispuesto en la norma que autoriza la cancelación de garantías/depósitos y en uso de las facultades que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes.

Informada favorablemente por la Intervención Delegada con fecha 4 de noviembre de 2013,

DISPONGO

Devolver la garantía al perceptor a continuación indicado, que fue constituida para responder de contrato de obras del “Proyecto de restauración de las fachadas principal y posterior de la iglesia Concepción Real de Calatrava, en Madrid, por haber surtido los efectos oportunos y sin que se deduzcan responsabilidades a las que deba quedar sujeta.

— Constituyente: B-78441946 00, “Clar Rehabilitación, Sociedad Limitada”.

— Tipo de garantía: Definitiva.

— Modalidad: Seguro de caución.

— Tipo de devolución: Total.

— Importe constituido: 13.551,23 euros.

— Perceptor de la devolución: B-78441946 00, “Clar Rehabilitación, Sociedad Limitada”.

— Importe a devolver: 13.551,23 euros.

Para proceder a la retirada de la garantía en cuestión deberá personarse en la Caja de Depósitos de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de Chamberí, número 8, primera planta, en horario de lunes a viernes, de nueve a catorce. Deberá acudir provisto del resguardo/carta de pago, el DNI en vigor y, en el supuesto de personas jurídicas, de la escritura original en la que se acredite que se posee la representación suficiente para la realización de dicho trámite. En el caso de no acudir personalmente, se aportará también la oportuna autorización.

No obstante, con el fin de confirmar que su expediente se encuentra ya preparado y evitarle así molestias innecesarias, se ruega que, previamente a su personación en la Caja, contacte, siempre telefónicamente, con dicha Unidad en los teléfonos 914 208 831 y 914 208 832, o bien consulte en la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org) en Gestiones y trámites, Administración electrónica, Consultas, Garantías y depósitos.

En el supuesto de que dicha garantía hubiese sido constituida en su día en efectivo (metálico o cheque), su importe le será remitido por transferencia bancaria a la cuenta que figura consignada en la base de datos de terceros de la Comunidad de Madrid.

La Orden objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de este escrito, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sin perjuicio de ello podrá, potestativamente, interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la Orden que se notifica, conforme a lo que establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente”.

Madrid, a 4 de abril de 2014.—El Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, Alfonso Moreno Gómez.

(03/12.315/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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