Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2014

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140422-59

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2014, de la Directora General de Formación de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda publicar el acuerdo de inicio de la declaración de la pérdida de derecho al cobro total de la subvención concedida para la realización de acciones formativas destinadas prioritariamente a desempleados en el marco del subsistema de formación profesional para el empleo.

Intentada por dos veces la notificación en el domicilio del destinatario, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, del acuerdo de inicio por la que se dispone la declaración de la pérdida de derecho al cobro de la subvención para la realización de acciones formativas a la entidad “Gestión y Formación Ocupacional, Sociedad Limitada”, con CIF B-82963703 en el centro de formación y en la acción formativa que se relaciona, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.

Titular jurídico: “Gestión y Formación Ocupacional, Sociedad Limitada”.

CIF: B-82963703.

Denominación del centro: “Gestión y Formación Ocupacional” número de centro: 27187.

Domicilio del centro: Calle Teide, número 2 A, 28944 Fuenlabrada (Madrid).

Acción formativa: 2723/11 “Electricista Industrial”.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.

De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra del citado acuerdo pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro de los actos que se notifican se encuentran a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias del Área de Formación e Inserción Profesional, sito en la calle Vía Lusitana, número 21, cuarta planta, en horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.

En aplicación del artículo 94.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el interesado tiene derecho a formular alegaciones y presentar los documentos que tenga conveniente, para lo cual dispondrá de un plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de su comparecencia.

De no efectuar alegaciones en el plazo señalado o no comparecer en el plazo señalado al efecto, se continuará la tramitación del procedimiento de declaración de pérdida del derecho al cobro total de la subvención, considerando este Acuerdo de Iniciación como propuesta de Orden.

Madrid, a 11 de marzo de 2014.—La Directora General de Formación, Patricia Herrero García-Ramal.

(03/11.156/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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