Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140416-212

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

212
Procedimiento 849 de 2013

EDICTO

Don Juan Antonio Muñoz Sánchez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 849 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Shah Shabir Hussain, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Dhaka Madrid Interprises, Sociedad Limitada”, y “Mutua Fraternidad Muprespa”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Desestimando la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por don Shah Shabir Hussain, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, y “Mutua Fraternidad-Muprespa”, con la intervención de la empresa “Dhaka Madrid Interprises, Sociedad Limitada”, absolviendo a la parte demandada de las pretensiones ejercitadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 190 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Social, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado, o bien, presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por el importe legalmente establecido en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de “Banesto”, cuenta corriente número 4320, clave 65, con indicación del número de autos, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de anunciar el recurso, y el del primer depósito también al tiempo de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Dhaka Madrid Interprises, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 10 de marzo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.601/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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