Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140414-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

59
Plan Especial de mejora de parcela

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 18 de febrero de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobación definitiva del Plan Especial de Mejora de la Parcela M-16 B2 del Sector 34-A del Plan General de Ordenación Urbana, condicionado al cumplimiento de los deberes de entrega de suelo, mediante sustitución económica equivalente, en el momento de otorgamiento de la licencia de obra y, en su caso, de la actividad.

Segundo.—La publicación del acuerdo que, en su caso, se adopte sobre aprobación definitiva se efectuará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del Plan Especial en el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Asimismo, se publicarán las ordenanzas del Plan Especial de Mejora. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Remitir el expediente a la Concejalía de Urbanismo para su tramitación”.

Asimismo, se publican las ordenanzas del Plan Especial:

ORDENANZA RESIDENCIAL MULTIFAMILIAR, M-16-B2

1. Definición: regula los usos y construcciones en edificios residenciales en torno a tipologías de bloque abierto, manzana cerrada.

2. Alineaciones y rasantes: las señaladas en el plano correspondiente.

3. Retranqueos: 1,5 metros a calles.

4. Edificabilidad: 3.690,54 metros cuadrados.

5. Ocupación: 50 por 100 de la parcela neta.

6. Altura máxima: cuatro plantas, 13 metros.

7. Se permiten sótanos y semisótanos.

8. Aparcamiento: una plaza/75 metros cuadrados de edificación.

9. Condiciones de uso:

— Uso característico: residencial grupo I, situación A, excepto en planta sótano.

— Usos compatibles:

• Comercial: grupo I y II, situación c.

• Oficinas: grupo II, situación B.

• Hostelero: grupo I, situación C.

• Educativo: grupo I, situación C.

• Sanitario: grupo II, situación C.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que ha sido remitido con fecha 20 de marzo de 2014 un ejemplar del Plan Especial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 21 de marzo de 2014.—El secretario general (firmado).

(03/11.089/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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