Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140414-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

116
Ejecución 64 de 2014-A

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustías Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 64 de 2014-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Tellado López, frente a doña Fabriciana Escalonilla Mata, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto y diligencia citando a las partes a comparecencia, cuya parte dispositiva y cuerpo íntegro, respectivamente, son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Patricia Tellado López, frente a doña Fabriciana Escalonilla Mata.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banesto” número de cuenta 2519-0000-64-0064-14.

Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Elena Burgos Herrera.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Angustías Caro Vida.—En Madrid, a 21 de marzo de 2014.

De conformidad con lo solicitado por la parte actora en su escrito de 28 de noviembre de 2013, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 31 de octubre de 2013, a doña Fabriciana Escalonilla Mata en favor de la demandante doña Patricia Tellado López y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, 28008 Madrid, el día 22 de mayo de 2014, a las nueve horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma, así como al Fondo de Garantía Salarial, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por si o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Recábese informe de vida laboral de la trabajadora y únase a las actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Fabriciana Escalonilla Mata, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 21 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.765/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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