Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140411-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

199
Procedimiento 1.085 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.085 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Arias Daza, frente a don Fernando Lara Yotti y “Laray, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 6 de marzo de 2014.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el fallo de la sentencia de fecha 20 de enero de 2014, consistente en que:

Donde dice: “... Leonardo Angcaya, 16.868,25 euros en concepto de indemnización rescisoria, y...”; debe decir: “... Leonardo Angcaya, 40.264,77 euros en concepto de indemnización rescisoria, y...”.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Modo de impugnación: contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Majarón de Tena.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Fernando Lara Yotti y “Laray, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.413/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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