Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140411-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

186
Ejecución 209 de 2013-A

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 209 de 2013-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Jesús Villamediana Garcimartín, frente a doña María Yolanda Sanz Serrano, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada doña María Yolanda Sanz Serrano por un principal de 13.483,64 euros, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez la presente resolución devenge firme se expedirán de oficio los testimonios necesarios para solicitar prestaciones ante el Fondo de Garantía Salarial, los cuales serán remitidos por correo al letrado de la parte actora, sin necesidad de que sean solicitados por escrito, y tan pronto conste la recepción de los mismos por parte del letrado, se procederá al cierre y archivo de las actuaciones, dejando de ello la debida constancia en los libros de este Juzgado.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2519/0000/64/0209/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Yolanda Sanz Serrano, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 12 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.393/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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