Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140409-121

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

121
Juicio 939 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 939 de 2013, promovido por doña Raquel Rebeca del Castillo González, sobre despido.

Persona que se cita: “Formadata 2010, Sociedad Limitada”, “Legadata 2011, Sociedad Limitada”, y “Datapyme, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por “Formadata 2010, Sociedad Limitada”, “Legadata 2011, Sociedad Limitada”, y “Datapyme, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinente.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, 28008 Madrid, el día 6 de noviembre de 2014, a las diez y diez horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que ­revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por pro­curador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la ­Jurisdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, LEC, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la LEC).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

Diligencia.—En Madrid, a 13 de marzo de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de la fecha ha sido devuelto por Correos la citación remitida a las demandadas “Formadata 2010, Sociedad Limitada”, “Legadata 2011, Sociedad Limitada”, y “Datapyme, Sociedad Limitada”, en el domicilio facilitado en la demanda. Asimismo, se hace constar que dicho domicilio coincide con el que conta en la base de datos del Registro Mercantil. Doy fe.

Diligencia de ordenación la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 13 de marzo de 2014.

Visto el contenido de la anterior diligencia, únase la carta certificada y se acuerda la consulta de las bases de datos a través del punto neutro judicial para localizar nuevo domicilio y con el resultado de la consulta practicada, e inténtese la citación de las demandadas a través de BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Sin perjuicio de ello, publíquese preventivamente edictos para la citación a la demandada, fijándose en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

En Madrid, a 13 de marzo de 2014.—La secretaria judicial, Rosario Barrio Pelegrini.

(03/10.314/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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