Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2014

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140408-42

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OTROS ANUNCIOS

42
Notificación procedimiento sancionador

Al no haber sido posible, por causas no imputables a esta Concejalía, realizar la notificación del acto que se indica después al interesado que asimismo se detalla a continuación, se procede a la misma por medio de anuncio en el tablón de edictos de ese Ayuntamiento, por el período máximo de veinte días hábiles, a tenor de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser el último domicilio conocido perteneciente a ese Municipio.

Interesados: “Localización GPS, Sociedad Limitada”.

Acto que se notifica: acuerdo de incoación procedimiento sancionador del expediente sancionador número San 72/13 (Gestdoc 21681/13) , dictada por el concejal de Urbanismo e Infraestructuras, de fecha 16 de enero de 2014, por la que se resuelve:

Primero.—Incoar procedimiento sancionador por la realización de las obras anteriormente descritas, sin contar con las preceptivas licencias municipales y en base a los siguientes datos:

— Presunto responsable de las infracciones: se considera presunto responsable de las infracciones a la mercantil “Localización GPS, Sociedad Limitada”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 205, de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

— Hechos: ejecutar obras y/o instalaciones sin la cobertura formal de las preceptivas licencias municipales, infracción prevista en el artículo 229, de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

— Sanciones aplicables: multa del 5 por 100 de su valor (artículo 229.2, de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid) por la supuesta comisión de la infracción mencionada.

De conformidad con el artículo 8 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 noviembre, iniciado el procedimiento sancionador, si el infractor reconoce explícitamente su responsabilidad, se podrá resolver sin más trámite con la imposición de la sanción que proceda. Cuando dicha sanción tenga carácter pecuniario, el pago voluntario por el imputado, en cualquier momento anterior a la resolución, podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

En tal caso, se podrá instar a la Administración para que determine con exactitud la cuantía de la sanción.

Segundo.—Conceder un plazo de quince días contado a partir de la notificación de la presente resolución, para efectuar alegaciones, proponer las pruebas que estimen convenientes para su defensa, así como tomar vista del expediente en el Departamento de Disciplina Urbanística, en horario de atención al público, martes y jueves de doce a catorce.

De acuerdo con el artículo 6 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, de no efectuar alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento, dicho acuerdo podrá ser considerado propuesta de resolución.

Tercero.—Nombrar a los funcionarios doña Catalina Teruel Parra y doña Nuria Navarro Santos, como instructora y secretaria, respectivamente de este procedimiento.

Lo que, de conformidad con el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica, mediante la publicación de la parte dispositiva del acuerdo mencionado, pudiendo tomar conocimiento de sus texto íntegro en las oficinas de este Ayuntamiento sito en la calle José Antonio, número 42, planta cuarta, Servicios Técnicos, departamento de Disciplina Urbanística, en el plazo de diez días contados a partir de la publicación de este anuncio.

Boadilla del Monte, a 6 de marzo de 2014.—El segundo teniente de alcalde, Miguel Ángel Ruiz López.

(02/1.756/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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