Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2014

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140408-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 20

80
Juicio de faltas 671 de 2013

EDICTO

Don José Miguel Herranz Romero, secretario del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 671 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Madrid, a 4 de noviembre de 2013.

Vistos por don Antonio Viejo Llorente, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal de faltas número 671 de 2013, seguidos por hurto, en el que han sido partes, además del ministerio fiscal, “El Corte Inglés”, como perjudicado, y don Said Rabino, en calidad de denunciado, convengo en señalar los siguientes:

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente de los hechos objeto del presente procedimiento a don Said Rabino, declarando de oficio las costas del mismo.

Notifíquese a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, que debe formalizarse ante este Juzgado por escrito en la forma prevista los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Said Rabino, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 17 de marzo de 2014.—El secretario (firmado).

(03/9.984/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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