Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140408-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

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Procedimiento 790 de 2006

EDICTO

En el Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid se sigue juicio de procedimiento ordinario número 790 de 2006, siendo parte demandante doña Aicha Rabahat Raelani y parte demandada don El Asan Benazzi. En el juicio se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 50 de 2011

En Madrid, a 4 de marzo de 2011.—En nombre de Su Majestad el Rey, la señora doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid y su partido, habiendo visto los precedentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 790 de 2006, por demanda interpuesta por la procuradora doña María Abellán Albertos, en representación de doña Aicha Rabat Raelani, defendida por la letrada señora Moreno Vaquerizo, contra don El Asan Benazzi en rebeldía en los presentes autos.

Fallo

Se estima la demanda formulada por la procuradora doña María Abellán Albertos, en representación de doña Aicha Rabat Raelani, defendida por la letrada señora Moreno Vaquerizo, contra don El Asan Benazzi en rebeldía en los presentes autos, y se condena a la demandada, al pago de la cantidad de 19.386,83 euros, al pago de los intereses legales, y de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Adviértase a las partes de que no se admitirá a trámite el recurso si al tiempo de su interposición no se acredita haber consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado la cantidad de 50 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia al demandado don El Asan Benazzi.

En Madrid, a 3 de marzo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.986/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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