Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140403-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 1

74
Juicio verbal 1.831 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento de juicio verbal número 1.831 de 2009 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Objeto del juicio: “Leasing”. Resolución

Demandante: “Scaniai Finance Hispania, EFC, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Procurador: don Francisco Arcos Sánchez.

Letrada: doña Laura Álvaro López.

Demandada: “Transportes Grupokiam, Sociedad Limitada”, en rebeldía.

En nombre del Rey, el magistrado-juez, don Jesús Alemany Eguidazu.

Sentencia número 87 de 2012

En Fuenlabrada, a 15 de marzo de 2012.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda y, en su virtud, dictar los siguientes pronunciamientos:

Primero.—Declarar la resolución de los contratos de arrendamiento de los vehículos entre “Scania Finance Hispania, EFC, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Transportes Grupokiam, Sociedad Limitada”; condenando a la inmediata entrega de los vehículos al arrendador financiero en el domicilio del deudor.

Segundo.—Condenar al pago de las costas a la parte demandada.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que es firme y contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno (artículo 441.4, párrafo último, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Archívese el original de esta resolución en el libro de sentencias y póngase testimonio literal en los autos de su razón.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por su señoría ilustrísima, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; de lo que, como secretario de este Juzgado.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Transportes Grupokiam, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Fuenlabrada, a 30 de mayo de 2012.—El secretario (firmado).

(02/7.150/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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