Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2014

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140403-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

57
Recurso 574 de 2013

Sección Décima

EDICTO

Por la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, en el rollo de apelación número 574 de 2013, dimanante de los autos número 50 de 2012, procedentes del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares, siendo apelante/demandado “Santa Lucía, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros” y apelado/demandante doña Milagros Santiago Zuraña; apelado sin oposición, comunidad de propietarios Vía Complutense, número 83, de Alcalá de Henares, y apelado/demandado, en situación procesal de rebeldía, “Construction Building Solution, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia de fecha 18 de febrero de 2014, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

En méritos de lo expuesto, con estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil “Santa Lucía, Sociedad Anónima Compañía de Seguros”, frente a la sentencia dictada en fecha 21 de mayo de 2013 por el Juzgado de primera instancia número 5 de los de Alcalá de Henares (Madrid), en los autos de proceso de declaración seguidos ante dicho órgano por los trámites del procedimientos verbal, procede:

1.o Revocar parcialmente la expresada resolución, en el sentido de estimar parcialmente la demanda por apreciación de concurrencia causal de la parte actora y la parte demandada, en los porcentajes respectivos de 30 por 100 y 70 por 100, y, en consecuencia, fijar el importe de la condena de la parte demandada en la suma de 2.242,06 euros de principal, incrementada con los intereses legales, sin especial pronunciamiento respecto de las costas procesales ocasionadas en la sustancimiento del actual domicilio del apelado/demandado “Construction Building Solution, Sociedad Limitada”, teniendo el contenido íntegro de la sentencia a su disposición en la sede de esta secretaría, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 4 de marzo de 2014.—La secretaria de la Sección, Laura Carrillo Abos.

(03/8.174/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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